Este 23 de julio, la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el máximo tribunal de las Naciones Unidas, emitió una histórica opinión consultiva que podría cambiar el rumbo de la justicia climática: los Estados son jurídicamente responsables por sus actos u omisiones frente al cambio climático, y su inacción puede constituir un hecho internacionalmente ilícito.
Aunque no se trata de un fallo vinculante, el dictamen tendrá un peso determinante en litigios climáticos actuales y futuros, al ofrecer claridad jurídica sobre las obligaciones de los Estados y abrir nuevas vías para exigir responsabilidades, reparaciones y transformaciones urgentes. Para quienes defendemos los bienes comunes naturales desde los territorios, esta decisión representa un hito y una herramienta para seguir luchando por justicia.
¿Qué resolvió la Corte?
La opinión consultiva fue solicitada por la Asamblea General de la ONU, a partir de una campaña impulsada desde 2019 por jóvenes estudiantes de Derecho en Vanuatu, un pequeño Estado insular del Pacífico. Ellos preguntaron a la CIJ: ¿qué obligaciones tienen los Estados para proteger el sistema climático? ¿Y qué consecuencias jurídicas enfrentan si no lo hacen?

- La respuesta de la Corte fue contundente:
- Los Estados tienen la obligación legal de prevenir, mitigar y reparar los daños climáticos.
- El cambio climático es una amenaza urgente y existencial, cuyas consecuencias afectan tanto a los derechos humanos como a la biodiversidad planetaria.
- La responsabilidad estatal incluye tanto acciones como omisiones: producción y consumo de combustibles fósiles, otorgamiento de licencias, subsidios, falta de regulación.
- Si la restitución de los daños no es posible, los Estados deben indemnizar a las poblaciones afectadas.
- El derecho internacional no se limita al Acuerdo de París: también se aplican normas consuetudinarias y principios generales, incluso para Estados que no forman parte de tratados específicos.
Este pronunciamiento da fuerza jurídica a lo que miles de comunidades han sostenido durante décadas: el colapso climático no es una catástrofe inevitable, sino el resultado de decisiones políticas y económicas concretas, que generan responsabilidades legales y éticas.
Bienes comunes naturales: más allá del “clima” como cifra
Desde una mirada de los bienes comunes naturales, esta opinión consultiva representa una oportunidad crucial para reorientar las luchas climáticas hacia una defensa integral del territorio, la vida y las relaciones de cuidado que sostienen el planeta.
El sistema climático no es una “cosa” que se protege desde afuera: es una condición común, viva y compartida, tejida con los ciclos del agua, los suelos, los océanos, los bosques, las comunidades y los cuerpos. Su degradación es también el deterioro de los bienes comunes que permiten la vida: el acceso al agua, el alimento, la salud, la energía, la tierra, el aire limpio.
“El derecho a un entorno sostenible es una condición indispensable para disfrutar de los demás derechos”, afirmó el juez Yuji Iwasawa al leer el dictamen.
Al reconocer que los Estados deben no solo prevenir, sino reparar los daños causados al sistema climático, el tribunal se acerca a una lógica reparadora y redistributiva, que es clave para las comunidades del sur global que han sufrido los impactos del extractivismo, la desigualdad ambiental y la injusticia histórica.
De las islas del Pacífico a los territorios en lucha
Lo que comenzó en un aula universitaria en Vanuatu se transformó en un proceso diplomático y jurídico sin precedentes: más de 130 países apoyaron la resolución, y 96 Estados participaron en las audiencias públicas. Esta articulación entre juventudes, organizaciones civiles, pueblos insulares y actores estatales muestra que las luchas por los bienes comunes y la justicia climática pueden escalar hasta los espacios más altos del derecho internacional.
Desde América Latina y el Caribe, este fallo puede fortalecer las exigencias de pueblos indígenas, comunidades campesinas, colectivos urbanos, defensores ambientales y juventudes que ya enfrentan las consecuencias del colapso climático: huracanes más intensos, pérdida de biodiversidad, desplazamientos, contaminación, escasez hídrica, inseguridad alimentaria.
“Esta decisión nos da herramientas para exigir un futuro habitable”, afirmó Mariana Campos Vega, de Juventud Mundial por la Justicia Climática.
Una oportunidad para transformar la gobernanza climática
Desde 2023, se han multiplicado los pronunciamientos judiciales en esta dirección: la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y el Tribunal del Derecho del Mar han vinculado el cambio climático con violaciones a los derechos humanos.
Con la opinión de la CIJ, el mensaje es claro: no hay más excusas para la inacción. Las decisiones climáticas no son optativas: son obligaciones legales.
Para los movimientos que defienden los bienes comunes, esto implica:
- Fortalecer la presión desde los territorios: las comunidades organizadas pueden usar este dictamen como argumento jurídico y político ante proyectos contaminantes.
- Desplegar litigios estratégicos: exigir reparaciones, detener obras destructivas, y defender derechos desde una perspectiva climática y comunitaria.
- Repensar la cooperación internacional: más allá de fondos climáticos, se requiere una transformación estructural en la forma en que se entienden la deuda ecológica, la redistribución y la justicia.
- Empoderar las voces del sur global: no como víctimas, sino como sujetos políticos, portadores de propuestas de futuro y de formas alternativas de vida.
Lo que está en juego: ¿un nuevo paradigma?
El fallo de la CIJ no resuelve por sí solo la crisis. Pero marca un punto de inflexión en el derecho internacional y abre un nuevo campo de posibilidades para quienes defienden los bienes comunes desde una perspectiva de reciprocidad, relacionalidad y autonomía.
“Una solución duradera y satisfactoria exige voluntad y sabiduría humana para cambiar nuestros hábitos, comodidades y el estilo de vida actual”, concluye el dictamen.
Desde el Observatorio de Bienes Comunes celebramos esta decisión como un respaldo a las luchas que, desde abajo, desde los márgenes y desde los territorios, ya vienen proponiendo otros caminos para la vida. La justicia climática no vendrá desde arriba si no se construye desde los pueblos, desde sus memorias, sus conocimientos, sus resistencias y su derecho a existir.
Referencias:
IPS Noticias. (2025, 23 de julio). Los Estados son responsables por la crisis climática, dicta la CIJ. IPS Noticias. https://ipsnoticias.net/2025/07/los-estados-son-responsables-por-la-crisis-climatica-dicta-la-cij/
Robaina, E. (2025, 23 de julio). La Corte Internacional de Justicia atribuye responsabilidad legal a los países que no protejan el sistema climático. Climática. https://climatica.coop/opinion-consultiva-corte-internacional-de-justicia-vanuatu-cambio-climatico/?tztc=1