Seguimiento a actividades de extracción de tierra en Bribrí

Continuamos dando seguimiento al caso relacionado con la empresa quebradora ubicada en Bribrí, donde se ha observado la operación de maquinaria pesada sobre una loma colindante con su predio principal. De acuerdo con testimonios de personas vecinas y registros fotográficos recopilados, dicha maquinaria estaría realizando labores de remoción de tierra, alterando de manera visible la conformación natural del terreno.
Durante las inspecciones realizadas por las autoridades competentes, se habría indicado que el movimiento de tierra observado corresponde a un deslizamiento natural. No obstante, las evidencias gráficas documentadas muestran la presencia activa de maquinaria, lo que ha generado inquietud en la comunidad respecto al verdadero origen y propósito de dichas intervenciones.
Como se detalló en una nota anterior, esta empresa ya había sido objeto de observaciones por parte de las autoridades debido a actividades fuera de las áreas autorizadas en su concesión minera. En aquella ocasión, fue requerida a implementar medidas correctivas específicas, las cuales, según consta en la documentación oficial disponible, fueron acatadas.

Actualmente, según información del Catastro Minero, la empresa mantiene abiertos tres procesos administrativos, todos vinculados a actividades de extracción en Cauce de Dominio Público (principalmente arenas y gravas de ríos y quebradas). Sin embargo, es importante señalar que la remoción de tierra en lomas o montañas constituye una actividad distinta, que debe tramitarse mediante una concesión minera de explotación específica, acompañada de los respectivos estudios y permisos ambientales.
Frente a la situación actual, miembros de la comunidad han presentado consultas formales ante la Municipalidad local, con el objetivo de esclarecer el marco jurídico aplicable a la remoción de tierra en terrenos de ladera, considerando que la legislación vigente establece requisitos estrictos para este tipo de actividades fuera de cauces públicos. Hasta el momento de la elaboración de esta nota, las personas no han recibido una respuesta oficial que clarifique estos aspectos, más allá de un listado general de requisitos.
Cabe destacar que la remoción de tierra en zonas de ladera, especialmente en ecosistemas tan frágiles como los del Caribe Sur, puede tener consecuencias ambientales graves. Entre ellas se incluyen el aumento de la erosión, la pérdida de cobertura vegetal, la afectación de acuíferos y un incremento en el riesgo de deslizamientos, afectando tanto a la biodiversidad como a la seguridad de las comunidades humanas.
Por estas razones, resulta fundamental que las autoridades correspondientes realicen un abordaje riguroso, transparente y preventivo, garantizando el cumplimiento de la normativa ambiental y minera, en resguardo de los bienes comunes y de la estabilidad ecológica de la región.
Impactos de la extracción de tierra en la flora y fauna de ecosistemas frágiles
La extracción de tierra en lomas y montañas genera una serie de impactos significativos sobre la flora y fauna local, afectando particularmente ecosistemas frágiles como los del Caribe Sur de Costa Rica. La remoción de grandes volúmenes de suelo altera profundamente los procesos ecológicos que sostienen la vida en estos territorios.
Uno de los principales efectos es la destrucción directa de la cobertura vegetal. La remoción de árboles, arbustos y otras plantas elimina especies de importancia ecológica y destruye hábitats esenciales para aves, mamíferos, insectos y reptiles. Esta pérdida de vegetación expone el suelo a la erosión, lo que puede degradar fuentes de agua cercanas y fragmentar corredores biológicos vitales.
Además, el ruido y la vibración ocasionados por maquinaria pesada perturban a la fauna silvestre, alterando sus patrones de comportamiento, desplazando a especies sensibles y afectando sus ciclos de reproducción y alimentación. Muchas especies locales, algunas endémicas o en riesgo de extinción, dependen de condiciones específicas de humedad, temperatura y cobertura, las cuales son alteradas significativamente por la actividad extractiva.
La fragmentación del hábitat representa otro efecto grave. La apertura de caminos y la remoción de tierra intensiva crean barreras físicas que dificultan el desplazamiento de los animales, reducen el acceso a fuentes de alimento y agua, y limitan las posibilidades de intercambio genético entre poblaciones, comprometiendo la biodiversidad a largo plazo.
Finalmente, la alteración de los patrones hidrológicos como consecuencia de la pérdida de cobertura vegetal puede modificar el curso natural de quebradas y nacientes, afectando no solo a las especies acuáticas, sino también a toda la cadena ecológica que depende del acceso a agua limpia y continua.
En suma, la extracción de tierra en zonas de ladera compromete la estabilidad ecológica de los ecosistemas, afectando no solo a la biodiversidad inmediata, sino también a los servicios ambientales esenciales que sustentan la calidad de vida de las comunidades humanas cercanas. Por ello, es fundamental que estas actividades sean sometidas a controles ambientales rigurosos y que se privilegien alternativas que minimicen el daño a los ecosistemas naturales.
Algunas de las especies que habitan esta zona y que han sido captadas por las personas vecinas desde sus patios
Cuadro informativo para diferenciar los tipos de concesión
Aspecto | Extracción en río (OMA – Materiales de arrastre) | Extracción en loma/montaña (tierra sólida) |
Tipo de material | Materiales sueltos: arena, grava, piedras de cauces de ríos o quebradas. | Tierra, tosca, arcilla, material de laderas, suelos consolidados. |
Permiso | Permiso especial para materiales de arrastre. Se tramita como concesión en cauce público. Requiere derecho de uso municipal. | Concesión minera de explotación (sobre tierra firme). Implica inscripción del área en el Registro Nacional y requiere propiedad o consentimiento del dueño. |
Autoridades involucradas | Dirección de Geología y Minas (DGM) + Municipalidad (permiso de uso de cauce). | DGM + Municipalidad (uso de suelo) + SETENA (viabilidad ambiental formal). |
Proceso | Más sencillo: solicitud en DGM + aval de Municipalidad + posible evaluación ambiental básica. | Más complejo: solicitud formal de concesión minera, Estudio de Impacto Ambiental (EIA), certificación de uso de suelo, publicación de edictos, análisis técnico profundo. |
Trámite ambiental | En muchos casos basta un formulario D1 ante SETENA. | Normalmente es obligatorio presentar un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) completo. |
Tiempos de tramitación | Puede resolverse en varios meses si toda la documentación está completa. | Puede tardar más de un año debido a estudios, audiencias y trámites ante SETENA. |
Restricciones comunes | No extraer cerca de nacientes, quebradas protegidas o zonas vulnerables. | Prohibido en áreas de conservación, zonas de recarga acuífera o terrenos con alta pendiente sin medidas de control de erosión. |
Fiscalización | Inspecciones periódicas de DGM y SETENA, pero menos intensas. | Fiscalización constante, reportes periódicos de cumplimiento ambiental y visitas de control. |
Reforestación/Restauración | No siempre exigida si es en cauces activos. | Obligatoria: presentar plan de restauración de suelos y reforestación después de la explotación. |
¿Por qué importa?
Aunque los casos específicos pueden variar, preocupa que buena parte del material extraído de laderas y montañas en la región esté siendo utilizado para el relleno de humedales en el Caribe Sur. Esta práctica no solo contribuye a la pérdida de ecosistemas vitales, sino que también profundiza los impactos ecológicos derivados de actividades extractivas poco reguladas. En zonas con alta fragilidad ambiental, como esta región, la alteración de terrenos naturales y el uso de suelos removidos para modificar humedales representan una amenaza directa a la biodiversidad, al equilibrio hidrológico y a la seguridad territorial de las comunidades locales.