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«Basurero» Regional de Osa : Línea del tiempo de un proyecto que amenaza la vida

Desde noviembre de 2024, el proyecto denominado Centro de Transferencia Tecnológica Ambiental Ka Me’at”, ubicado en el cantón de Osa, ha sido objeto de una serie de cuestionamientos técnicos, administrativos y legales, principalmente debido a su posible impacto ambiental sobre cuerpos de agua presentes en el terreno.

Aunque el proyecto se presenta como una propuesta de manejo de residuos con un enfoque tecnológico, las evidencias recabadas por distintas instituciones señalan inconsistencias en la información suministrada y omisiones relevantes en el proceso de evaluación ambiental.

Una viabilidad ambiental impugnada

El 22 de noviembre de 2024, el diputado Ariel Robles Barrantes presentó un Recurso de Nulidad Absoluta contra la viabilidad ambiental otorgada al proyecto, marcando el inicio de una investigación formal. Posteriormente, el 14 de enero de 2025, la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) emitió la Resolución N.º 0063-2025, que suspende cautelarmente los efectos de la licencia ambiental mientras se realiza una revisión a fondo.

El 22 de enero, la empresa desarrolladora presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio, intentando revertir la medida, lo que generó un proceso legal paralelo.

Presencia de cuerpos de agua: el punto crítico

La visita técnica de SETENA realizada el 13 de febrero de 2025 reveló un hallazgo determinante: la existencia de una quebrada claramente visible en el terreno no había sido considerada en el Estudio de Impacto Ambiental. En palabras del informe técnico: no hay forma de cómo no verla”, cuestionando así la veracidad y rigurosidad del estudio presentado.

El tema se profundizó aún más tras una inspección de la Dirección de Aguas del MINAE, el 6 de marzo de 2025, cuyo dictamen técnico (DA-UHTPSOG-0109-2025) confirmó la presencia de cinco cuerpos de agua en el sitio: dos quebradas (una intermitente y una permanente) y tres nacientes (dos intermitentes y una permanente).

Estos elementos ponen en duda la idoneidad del terreno para albergar un proyecto de gestión de residuos, debido al riesgo potencial de afectar fuentes hídricas que podrían tener funciones ecológicas y sociales relevantes para el territorio.

Resoluciones y procesos en curso

A lo largo de marzo y abril, SETENA emitió una serie de resoluciones que reflejan tanto la complejidad del caso como la necesidad de mayor claridad técnica:

  • La Resolución 0389-2025 del 12 de marzo suspende el análisis de fondo del recurso de nulidad, en tanto se concluye el proceso de fiscalización interna.

  • La Resolución 0388-2025 rechaza el recurso de revocatoria de la empresa y traslada el expediente al MINAE para continuar el proceso por la vía jerárquica.

  • El 25 de abril, SETENA publica la Resolución 0589-2025, corrigiendo errores materiales en documentos anteriores.

Mientras tanto, la empresa solicitó una prórroga de 12 meses para cumplir con requerimientos técnicos, la cual fue rechazada por SETENA. En su lugar, se le otorgó una extensión de 15 días hábiles, contados desde el 13 de mayo, para entregar la documentación específica solicitada.

Estado actual y necesidad de respuestas claras

El 12 de mayo de 2025, se incorporaron dos documentos clave al expediente:

  • Una solicitud de información por parte del área legal del MINAE.
  • La respuesta de SETENA, donde se aclara que el análisis técnico aún está en proceso y que no se ha emitido una posición final respecto al recurso de nulidad.
¿Qué debemos tener presente?

El caso del proyecto Ka Me’at pone en evidencia la importancia de que los procesos de evaluación ambiental sean rigurosos, transparentes y coherentes con la realidad del territorio. La confirmación oficial de que existen cuerpos de agua activos en el área del proyecto plantea serias dudas sobre la conveniencia de avanzar con una iniciativa de esta naturaleza en esa ubicación específica.

No se trata únicamente de una discusión técnica, sino de una decisión que podría tener consecuencias duraderas sobre los ecosistemas locales y el derecho de las comunidades a un ambiente sano y protegido.

Pueden descargar la infografía aquí:

PDFImagen

Detalle de documentos y eventos citados

El día 22 de noviembre 2024: Diputado Ariel Robles Barrantes interpuso un Recurso de Nulidad Absoluta contra esa viabilidad ambiental. Este es el folio: 98, nombre de archivo: 11519_2024_22112024122759_1.pdf

El día 14 de enero 2025: SETENA emite resolución N° 0063-2025 SETENA. Con esta resolución «Impone una medida cautelar de suspensión de los efectos de la Licencia de Viabilidad Ambiental otorgada». Este es el folio: 121, nombre de archivo: ART 032 RES 0063-2025 EXP D1-0815-2022.pdf

El día 22 de enero 2025: Mediante el Oficio «NOVA-2201-04-2025» la empresa presenta un recurso «RECURSO DE REVOCATORIA CON APELACION EN SUBSIDIO Y NULIDAD CONCOMITANTE CONTRA LA RESOLUCIÓN No. 0063-2025-SETENA DE LAS 14 HORAS 51 MINUTOS DEL 14 DE ENERO DE 2025 DICTADA POR LA COMISIÓN PLENARIA DE LA SECRETARIA TECNICA AMBEINTAL (SETENA) QUE DICTA MEDIDA CAUTELAR». Este es el folio: 123, nombre de archivo 00761_2025_221202515748_1.pdf

El día 13 de febrero 2025: SETENA visito la finca.  Rescatar el reporte sobre la quebrada: “Ahora bien, dado a que la quebrada es notoria en el campo (no hay forma de cómo no verla), no se entiende por qué el Consultor Ambiental la omitió “no sabemos las razones”, durante el proceso de EIA inicial que se presentó a la SETENA,” Folio: 134, Archivo: SETENA-DT-ASA-0294-2025_D1-0815-2022_VGA_Visita, oficio y otros.pdf

El día 06 de marzo 2025: Dirección de Aguas visitó la finca para dictaminar cuerpos de agua. Hay 5 reportados en total. Dictamen en oficio «DA-UHTPSOG-0109-2025» con fecha del 13 de Marzo 2025. Rescatar el por tanto: DA-UHTPSOG-0109-2025

Por tanto, se determina que lo observado en campo corresponde a dos quebradas y tres nacientes, de las cuales, dos nacientes son intermitentes, una naciente permanente, una quebrada permanente y una intermitente. Folio 140, Archivo: DA-UHTPSOG-0109-2025_Exp-42066-DI_Nuevo Dictamen.pdf

El día 26 de marzo 2025: Se publica una resolución de SETENA, Resolución 0389-2025 SETENA del día 12 de Marzo 2025.

Según se puede interpretar se mantiene en espera el recurso de nulidad: «PRIMERO: De conformidad con las razones de Hecho y Derecho de la presente resolución, se suspende el conocimiento de la gestión de Nulidad por el fondo hasta tanto se concluya con el proceso de fiscalización e investigación que se está realizando por parte del departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental». Folio: 155, Archivo: RES-0389-2025.pdf

El día 26 de marzo 2025: Se publica una resolución de SETENA, Resolución 0388-2025 SETENA del día 12 de Marzo 2025. Según se puede interpretar se rechaza el recurso de revocatoria y se da paso a trasladar el expediente al Ministro de Ambiente.  Folio: 157, Archivo: RES-0388-2025.pdf

El día 26 de marzo 2025: Según se interpreta el oficio «SETENA-AJ-0069-2025», se notifica a Dirección de Asesoría Jurídica del MINAE. Folio: 159, Archivo: SETENA AJ-0069-2025 -D1- 0815-2022 Remisión a la DAJ-Apelación.pdf

El día 25 de abril 2025: Se publica la RESOLUCION N° 0589-2025-SETENA del día 09 de abril de 2025. Corrección de un error material un mal nombrado de un número de resolución. Archivo 163, Archivo: ART 015 RESOLUCION 0589-2025 EXPEDIENTE D1-0815-2022 SETENA.pdf

El día 8 de Mayo 2025: Ingresa el archivo Folio:170

Archivo: SETENA-DT-ASA-0928-2025_D1-0815-2022_VGA_Ampliación Oficio SETENA-DT-ASA-0559-2025_Error.pdf

Con consecutivo:  SETENA-DT-ASA-0928-2025.

Asunto:  

Corrección error material oficio SETENA-DT-ASA-0559-2025 y ampliación de lo solicitado en el Oficio SETENA-DT-ASA-0559-2025 y SETENA-DT-ASA-2170-2024

Número del expediente: D1-0815-2022-SETENA

Nombre del proyecto: Centro de Transferencia Tecnológica Ambiental Ka Meat

Detalle más relevante:

Se rechaza la solicitud, se da 15 días hábiles de plazo a partir del 13 de Mayo 2025. “Analizada la justificación presentada por el desarrollador, se determina que no procede otorgar la ampliación por el plazo de 12 meses como lo solicita el desarrollador, lo anterior debido a que esta Secretaría no ordenó al desarrollador presentar un nuevo criterio que justifique la presentación de Solicitud de Modificación de Criterio Técnico sobre Fuentes de Agua ante la Dirección de Aguas del MINAE. El trámite efectuado ante la Dirección de Aguas de MINAE en la Unidad Hidrológica Térraba Pacífico Sur (UHTPS), es una gestión no vinculada con lo solicitado por esta Secretaría en los oficios SETENA-DT-ASA-2170-2024 y SETENA-DT-ASA-0559-2025. Lo requerido por la SETENA se basa en los criterios técnicos vigentes DA-UHTPSOG-0130-2023 y DA-UHTPSOG-0109-2025, emitidos por dicha Dirección los cuales son de carácter vinculante para con SETENA en el proceso investigación que se lleva a cabo.

Por lo tanto, de acuerdo con lo expuesto es procedente concederle la prórroga, por un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día 13 de mayo de 2025; para la presentación de la información solicitada en los oficios SETENA-DT-ASA-2170-2024 y SETENA-DT-ASA-0559-2025.”

El día 9 de Mayo 2025: Ingresa el archivo Folio:167

Archivo: Respuesta Oficio SETENA-DT-ASA-0559-2025_Mayo 2025.pdf

Con consecutivo:  NOVA-3004–09-2025.

Asunto:  Respuesta Oficio SETENA-DT-ASA-0559-2025.

Detalle más relevante: Empresa Solicitaba 12 meses para hacer actividades.

Día 12 de Mayo 2025:

Se sube archivo confeccionado en 28 Marzo 2025

Folio: 172

Archivo: Oficio DAJ-MINAE-0574-2025 (Legal-MINAE)  a SETENA  D1-0815-2022.pdf

Oficio:  DAJ-DAJ-MINAE-0574-2025

Asunto:  Solicitud de información Expediente D1-0815-2022

Puntos Relevantes:

-Si ASA, ha procedido a analizar la información aportada al expediente requerida en los oficios: SETENA-DT-ASA-2170-2024 y SETENA-DT-ASA-2210-2024 2024

-Indicar  ¿En qué estado se encuentra dicho análisis?

-Indicar la fecha exacta en que fue aportada la respuesta al expediente, de conformidad con los plazos dados por SETENA.

Día 12 de Mayo 2025:

Se sube archivo confeccionado en 28 Marzo 2025

Folio: 174

Archivo SETENA-SG-0595-2025 RESPUESTA OFICIO DAJ-MINAE-0574-2025.pdf

Asunto:  

Respuesta a oficio DAJ-MINAE-0574-2025

Oficio:  SETENA-SG-0595-2025

Punto Relevante:

Esta Secretaría no ha dado por concluido el análisis de la información solicitada mediante los oficios SETENA-DT-ASA-2170-2024 y SETENA-DT-ASA-0559-2025. Una vez que el desarrollador presente la información requerida, esta será evaluada en conjunto con el área legal, con el fin de emitir una respuesta al señor diputado Ariel Robles en relación con el incidente de nulidad de la resolución N.° 0193-2024-SETENA.

La vigilancia comunitaria: un pilar en la defensa del ambiente

Este seguimiento detallado al caso del proyecto Ka Me’at no ha sido impulsado únicamente por instancias técnicas o legislativas, sino que ha contado con el trabajo incansable de personas organizadas en las comunidades de Osa, quienes han ejercido su derecho —y también su deber— de monitorear, cuestionar y exigir transparencia en los procesos ambientales que les afectan directamente.

A través del análisis de expedientes, visitas al sitio, presentación de recursos, articulación con actores institucionales y generación de información pública, la comunidad ha logrado visibilizar contradicciones y vacíos técnicos que de otro modo podrían haber pasado desapercibidos.

Este proceso demuestra que la participación activa y vigilante de la ciudadanía es clave para proteger los bienes comunes, como el agua, los suelos y la biodiversidad. El derecho a un ambiente sano no se defiende solo desde los escritorios: se construye todos los días desde el territorio, desde las asambleas comunales, desde la organización solidaria y el compromiso colectivo.

La experiencia de Osa es un ejemplo de democracia ambiental viva, donde las voces locales se levantan con fundamento y convicción para recordar que ningún desarrollo es viable si pasa por encima del equilibrio ecológico ni de la vida digna de las personas.

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¿Será el mar el último juez del humedal? El caso de Punta Uva

La Zona Marítimo Terrestre (ZMT) en el Caribe Sur de Costa Rica enfrenta una creciente presión debido a ocupaciones irregulares, deforestación y modificaciones del ecosistema que amenazan su equilibrio ambiental. En Punta Uva, dentro del Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, se ha reportado la degradación de un humedal y la alteración del bosque costero.

Diversos expedientes administrativos y judiciales dan cuenta de la transformación causada por actividades humanas. A pesar de las denuncias e investigaciones realizadas, el daño ambiental no ha sido abordado con la seriedad que merece por parte de las instancias judiciales.

Personas defensoras del territorio, como Philippe Vangoidsenhoven, han manifestado su preocupación por la continuidad de estas actividades y han impulsado procesos de vigilancia ambiental, lo que ha derivado en más denuncias ante las autoridades, pero el ninguneo sigue siendo la respuesta dominante.

Impacto Ambiental y Denuncias en Punta Uva

Esta zona de alto valor ecológico ha sido intervenida durante años. Diversos informes han señalado la transformación del humedal debido a la eliminación de vegetación, excavación de zanjas de drenaje y la instalación de cercas perimetrales.

Un reportaje publicado por La Nación el 27 de diciembre de 2019 evidenció la magnitud del daño ambiental: las autoridades detuvieron un proyecto turístico que incluía cinco cabinas y una recepción, tras denuncias por afectación al ecosistema e invasión de la ZMT.

Un Inventario del Abandono: Impactos Socioambientales sin Regulación

Los siguientes hechos representan un panorama acumulativo de acciones con consecuencias directas sobre el humedal de Punta Uva y su entorno natural.

Destrucción del Ecosistema

  • Eliminación de vegetación del humedal y del sotobosque.

  • Tala de árboles jóvenes, afectando la regeneración natural del bosque.

  • Excavación de zanjas de drenaje, alterando la función del humedal.

  • Relleno de áreas con tierra y lastre, modificando el uso del suelo.

  • Quema de vegetación baja, ramas y troncos, contribuyendo a la degradación del ecosistema.

Acciones Realizadas

  • Instalación de cercas con postes de cemento y alambre de púas.

  • Uso de parte del terreno para actividades comerciales.

  • Construcciones.

Violencia e Intimidación contra Personas Defensoras Ambientales

  • Denuncias de amenazas, insultos y agresiones verbales contra quienes han alzado la voz.

  • Incidentes de obstrucción a la documentación de los daños ambientales.

  • Actos de hostigamiento por parte de personas involucradas en estas actividades.

Papeles Llenos, Bosques Vacíos: El Contraste entre las Denuncias y la Realidad Ambiental

Durante más de 20 años, se han registrado diversas acciones y reportadas en relación con los terrenos en esta región costera protegida:

  • 2008: Autoridades ambientales ordenaron la suspensión de obras y la restitución del terreno a su estado natural.

  • 2009-2010: Se presentaron nuevas denuncias por eliminación de cobertura vegetal y posibles cambios en el uso del suelo.

  • 2018-2019: Se documentaron intervenciones adicionales, incluyendo denuncias por afectación al ecosistema.

A pesar de múltiples denuncias realizadas por Philippe Vangoidsenhoven, el juicio se perdió y las medidas cautelares fueron levantadas, permitiendo que las actividades continúen hasta el día de hoy. Según Vangoidsenhoven, las autoridades judiciales prefieren esperar a que el juicio en Limón avance.

Si es un humedal… pero ¿qué le vamos a hacer?”

Vangoidsenhoven señala que, a pesar de la inacción de las autoridades, ya se realizaron estudios que confirman que el terreno es un humedal. Sin embargo, las construcciones persisten.

En una ocasión, el MINAE paralizó las obras, pero a los pocos días la construcción se reanudó. Philippe relata que, al reportar esto, le respondieron: “Ya fuimos y notificamos, no podemos hacer más”.

Esta situación le resulta indignante. Para él, es muestra de la incompetencia institucional, pues en otros casos similares, las autoridades han regresado con la policía y detenido a quienes laboraban en el sitio. En el Caribe Sur, concluye, “las cosas funcionan según quién las pide”.

Un Vacío que Beneficia, pero Ignora el Mar

Para el defensor ambiental, toda esta situación beneficia a la Municipalidad. Durante años de monitoreo, ha observado cómo se otorgan permisos sin considerar restricciones, sin importar si se trata de un humedal o una zona pública.

“Han decidido no entender que la zona pública se mide desde la pleamar ordinaria, y no por los mojones”, señala.

“Usan los mojones porque es lo más fácil. Pero lo que estamos viendo es que el mar ya ha reclamado gran parte de la zona pública en algunos tramos. Todo se tiene que mover hacia atrás”, advierte.

Philippe nos hace un recuento de las omisiones y menciona un caso que ejemplifica esta irresponsabilidad:

«En Puerto Viejo construyeron pegado a los mojones. Ahora resulta que en esa área ya no hay zona pública, ya se fue todo. Y no solo eso, el mar está entrando y ha erosionado alrededor de dos metros debajo de esa construcción», explica.

La preocupación es generalizada:

«En toda la costa, donde deberían medirse los 50 metros de la zona pública, lo máximo que se puede medir son 20 metros. En algunos lugares, incluso menos. En Puerto Viejo centro, por ejemplo, el mar ya ha sobrepasado la línea de los mojones».

Esta situación no es nueva. Philippe recuerda el caso de Beach Break y la carretera:

«Un fin de semana, JAPDEVA y la municipalidad tuvieron que movilizar toda la maquinaria disponible para colocar enormes rocas —de más de metro y medio de diámetro— frente a la carretera. Si no hubieran hecho eso, el mar se la habría llevado. Hoy en día, esas rocas siguen sosteniéndola, pero aun así, si el mar sigue subiendo, volverá a pasar. Oficialmente, el nivel del mar ha aumentado 1.5 cm, pero en la superficie esto se traduce en cientos de metros. Con más oleaje y más fuerza golpeando la costa, el impacto es evidente».

Si no se toman medidas serias de protección ambiental y se reconoce la importancia de las regulaciones y los ecosistemas costeros, Philippe advierte que, paradójicamente, no serán las instituciones las que regulen:

«Será el mar el que haga cumplir la ley y termine demoliendo todo esto», sentencia.

La Problemática es Integral

Después de años de monitoreo y denuncia, Vangoidsenhoven concluye:
“El problema es judicial y también municipal, sobre la zona pública. Se escucha a las autoridades hablando por todos lados, pero a ellas no les importa nada. Los humedales siguen siendo ignorados. Siguen usando el argumento de que no aparecen oficialmente declarados como humedales, y aprovechan esa desinformación para continuar con todo esto”.

Riesgos para las Personas Defensoras del Medio Ambiente

Nada de esto ha sido gratuito. Las personas que han promovido denuncias y procesos de monitoreo ambiental han sufrido hostigamiento e intimidación. Según testimonios de Vangoidsenhoven, los incidentes han incluido agresiones verbales, físicas y obstrucción a su labor.

Uno de los eventos más graves ocurrió el 16 de septiembre de 2019: mientras realizaba un monitoreo ambiental, una persona le lanzó una piedra que le fracturó un dedo. La situación fue muy grave, ya que tuvo que ser trasladado al Hospital Tony Facio en Limón, donde se valoró la posibilidad de amputar la mitad del dedo. Philippe explicó al doctor que es zurdo y que, de perder el dedo, tendría serias dificultades para continuar con sus labores cotidianas. Finalmente, y por suerte, el doctor logró unir el hueso y, según cuenta Philippe, «hoy día lo puedo usar normal».

Esta situación ha afectado su seguridad, estabilidad emocional y económica. Ha tenido que destinar tiempo y recursos a su protección, lo que ha impactado su negocio y su calidad de vida.

Imágenes con contenidos delicados. Son parte de los traumatismos sufridos por Philippe en su mano izquierda.

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Imagen 3

El Marco Legal y la Importancia de la Zona Marítimo Terrestre

La ZMT en Costa Rica está regulada por la Ley N.º 6043, que establece que los primeros 50 metros desde la pleamar ordinaria son de uso público y no pueden ser apropiados ni modificados. Los siguientes 150 metros pueden ser concesionados bajo estrictas regulaciones ambientales.

El Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo, además, cuenta con protección especial bajo la Convención RAMSAR, lo que refuerza su importancia para la conservación de humedales.

Conclusión: Urgencia de Regulación y Protección Ambiental

En el oficio No. 030-2008-UCA-ACLAC-MINAE se solicitaron medidas cautelares como la suspensión inmediata de las obras, el desalojo y la demolición de construcciones dentro de la ZMT, así como la restitución de la zona a su estado natural y el pago por el daño ambiental causado. Pero al paso de los años, todo cambió.

El caso de Punta Uva es una muestra dolorosa de los obstáculos que enfrenta la protección ambiental en el Caribe Sur. La expansión de actividades no reguladas y la falta de medidas efectivas han provocado una degradación ambiental que afecta la biodiversidad y las comunidades locales.

La legislación ambiental debe aplicarse con rigor para garantizar la protección de los ecosistemas costeros y la seguridad de las personas que los defienden. La vigilancia ciudadana, el empoderamiento comunitario y la acción institucional coordinada son claves para revertir los daños y evitar que se repitan casos como este.

A falta de justicia, vendrán las olas

Cuando las instituciones fallan y la impunidad se impone, la naturaleza encuentra sus propios caminos para responder. La marea que avanza no distingue permisos ni escrituras; arrastra consigo la negligencia y el abandono institucional. La frase de Philippe Vangoidsenhoven resuena como advertencia y como sentencia: si el Estado no protege los bienes comunes, será el mar —con su fuerza paciente pero implacable— quien imponga los límites. El tiempo de actuar es ahora, antes de que sea demasiado tarde, antes de que las olas arrasen no solo con lo construido, sino con la esperanza de justicia ambiental.

Esta nota se preparó a partir del testimonio de Philippe Vangoidsenhoven y la información contenida en expedientes judiciales.

Esta situación no es ajena al contexto regional

Mientras se escribe este texto, el daño ambiental en toda la región del Caribe continúa. Es probable que las personas inicialmente responsables ya hayan vendido las propiedades, obteniendo ganancias económicas significativas. Sin embargo, el daño causado al ecosistema es irreversible y perdurará, afectando la biodiversidad y la salud ambiental de la zona.

Las acciones de ocupación y degradación no solo han comprometido la integridad del humedal y el bosque original, sino que también han dejado una huella negativa que impactará a las generaciones futuras.

El Caribe Sur de Costa Rica enfrenta una presión creciente sobre sus ecosistemas por el desarrollo urbano no regulado, el turismo descontrolado y la ocupación ilegal de tierras protegidas. A pesar de la existencia de regulaciones ambientales, la falta de cumplimiento y la corrupción han facilitado la degradación de estos ecosistemas.

Además, la criminalización y persecución de personas defensoras del ambiente es una constante en la región. Esto genera un clima de impunidad para los agresores y pone en riesgo tanto la biodiversidad como a las comunidades locales.

Este caso es una muestra más de la alta vulnerabilidad de estos territorios y evidencia el abandono institucional en la aplicación efectiva de regulaciones ambientales. No obstante, aún es posible recuperar parte del equilibrio ecológico si se fortalece la protección legal, se promueve la restauración ambiental y se respalda con firmeza a las personas y comunidades que defienden el territorio.

¿Por qué sube el nivel del mar y qué significa para Costa Rica?

El aumento del nivel del mar es una de las consecuencias más visibles del cambio climático. Se debe principalmente al derretimiento de glaciares y capas de hielo, así como al calentamiento de los océanos, que expande el volumen del agua. Este proceso se agrava con la pérdida de ecosistemas costeros como los manglares, que tradicionalmente han actuado como barreras naturales frente a la erosión y las inundaciones.

En Costa Rica, y en particular en el Caribe Sur, el impacto ya es evidente: el mar avanza sobre las costas, erosiona terrenos protegidos por ley, degrada ecosistemas como humedales y manglares, y pone en riesgo a comunidades locales que dependen directamente del entorno costero para su subsistencia. Ante esta realidad, los humedales costeros se vuelven aliados clave en la adaptación al cambio climático. Su vegetación densa y su capacidad de retención hídrica permiten amortiguar el impacto de marejadas, tormentas y oleajes extremos, protegiendo tanto la biodiversidad como la infraestructura y los medios de vida humanos. Además, estos ecosistemas almacenan grandes cantidades de carbono, ayudando a mitigar el calentamiento global. Su conservación y restauración no solo es urgente, sino esencial para garantizar un futuro resiliente y sostenible.

Galería

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¿Un relleno sanitario en Osa? Descubre qué está en riesgo

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En julio de 2025, se prevé la apertura de un relleno sanitario cerca de la comunidad de Salamá, Osa, una región de alto valor ecológico y social. Este proyecto, que abarcará 60 hectáreas y recibirá 3,000 toneladas diarias de basura, ha despertado preocupación por los posibles impactos ambientales y sociales en las comunidades cercanas.

¿Por qué deberías interesarte?
Este relleno sanitario se ubicará entre los corredores biológicos Fila Cruces y Osa, cerca de nacientes y humedales como el Térraba-Sierpe. Los lixiviados, un líquido altamente contaminante que se genera cuando el agua entra en contacto con la basura, podrían afectar el agua que abastece a las comunidades de Finca Puntarenas y Salamá, quienes dependen de pozos artesanales y ríos para su consumo diario.

Además de la contaminación, el proyecto podría alterar el flujo hídrico de la región, causar pérdida de biodiversidad y generar conflictos socioambientales debido a olores, tráfico y el uso del territorio.

¿Qué podemos aprender?
En nuestra infografía, exploramos los riesgos de este proyecto, su impacto en la naturaleza y la necesidad urgente que tenemos por pensar y exigir a nuestras autoridades alternativas para un manejo más sostenible de los residuos. 

Esto es una invitación para que reflexionemos juntos y juntas sobre cómo proteger los bienes naturales y garantizar una mejor calidad de vida para nuestras comunidades.

Les compartimos el Recurso de Amparo dónde la Sala Constitucional le ordena a Presidente de la ASADA de Piedras Blancas de Osa que otorgó disponibilidad de agua a empresa desarrolladora de Relleno Sanitario en Osa a rendir cuentas ante consultas de la comunidad de Salamá de Osa y el diputado Ariel Robles Barrantes.

Puede descargar el documento aquí.

Pueden descargar la infograría aquí.

PDFImagen