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¿Proteger o desalentar la vigilancia ciudadana? Humedal Carbón en riesgo y el uso cuestionable del derecho administrativo

Comunicación a la que hace referencia esta nota:

AEL-00281-2025

AEL-00263-2025

CARTA-SINAC-ACLAC-DRFVS-PH-032-2025

Humedal Carbón: ocupación ilegal, deterioro acelerado y evasivas institucionales
La Asociación de Desarrollo para la Ecología denunció de forma urgente, el pasado 29 de junio de 2025, una nueva ocupación ilegal en el Humedal Carbón, ubicado en Playa Negra, Talamanca. La denuncia advierte sobre un avance rápido y de gran escala de actividades no autorizadas que incluyen drenajes, rellenos, caminos y construcciones con maquinaria pesada. El humedal forma parte del Patrimonio Natural del Estado y se encuentra registrado en el inventario oficial de humedales del SINAC desde 2017, bajo la protección del Convenio Ramsar.

A través de una solicitud formal, se pidió la intervención directa del Programa Nacional de Humedales para coordinar acciones interinstitucionales, generar un informe técnico actualizado (incluyendo análisis de ortofotos y cambios de uso del suelo) y entregar un listado de las propiedades involucradas. La respuesta oficial, emitida por el Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC), señala que varias de estas informaciones no están disponibles, y redirige la responsabilidad hacia otras instituciones o incluso hacia la ciudadanía denunciante. Pese a los antecedentes de denuncias desde 2005, el SINAC admite que no se han producido medidas efectivas recientes para frenar la ocupación ni revertir los daños ecológicos. 

“Uso abusivo del derecho de petición”: ¿una estrategia para desalentar la acción ciudadana?
En su respuesta, el ACLAC incluyó una cita extensa del voto 01747-1999 de la Sala Constitucional sobre el ejercicio abusivo del derecho de petición, sugiriendo que el activismo de seguimiento y denuncia podría interpretarse como un uso “torcido”, “ofensivo” o “hostigante” del aparato estatal. Este señalamiento llama la atención no solo por su tono, sino por el trasfondo político que revela: el debilitamiento del derecho de acceso a la información y la criminalización indirecta de la vigilancia ambiental por parte de la ciudadanía.

Este tipo de argumentación institucional, en vez de fortalecer la rendición de cuentas, tiende a deslegitimar la participación activa en la defensa del bien común. En un contexto donde Costa Rica experimenta crecientes regresiones en su política ambiental —como la flexibilización de controles en zonas costeras y humedales—, el uso de figuras legales para silenciar o desgastar a quienes ejercen su derecho a solicitar información pública, representa un retroceso peligroso.

El caso del Humedal Carbón evidencia una tendencia preocupante: cuando las instituciones no producen ni entregan información clave sobre ecosistemas en riesgo, y al mismo tiempo intentan frenar el monitoreo ciudadano, lo que está en juego no es solo un ecosistema, sino el propio ejercicio democrático del control ciudadano sobre lo público.

Vigilancia ciudadana en acción: la labor de Marco Levy y la respuesta ética ante el intento de silenciamiento

Detrás de la denuncia presentada el 29 de junio se encuentra el trabajo sostenido de Marco Vinicio Levy, presidente de la Asociación de Desarrollo para la Ecología, quien ha liderado por años la documentación, denuncia y monitoreo del deterioro del Humedal Carbón. Su labor no solo ha sido técnica y argumentada, sino también valiente ante la resistencia institucional que han enfrentado quienes defienden los ecosistemas del Caribe Sur.

Ante la insinuación institucional de que sus solicitudes podrían constituir un uso abusivo del derecho de petición, Levy respondió con firmeza el 10 de julio, reiterando el carácter legítimo de su gestión y recordando que, sin acceso a la información técnica, la ciudadanía no puede cumplir su deber constitucional de proteger el ambiente. Su carta subraya que exigir transparencia, generar alertas tempranas y contribuir a la justicia ambiental no es hostigamiento: es un acto de responsabilidad democrática.

La respuesta de la Asociación representa un contrapeso necesario frente a la opacidad y pasividad institucional. No busca sustituir al Estado, sino exigirle que cumpla con su función de garante del bien común. En un momento en que los marcos normativos y ambientales se ven debilitados, la acción ciudadana organizada, crítica y fundamentada se convierte en uno de los pilares más sólidos para la defensa de los territorios y los bienes comunes.

El derecho de petición en disputa: entre garantías democráticas y prácticas de deslegitimación institucional

La inclusión, por parte del Área de Conservación La Amistad Caribe (ACLAC–SINAC), de un extracto del voto 01747-1999 de la Sala Constitucional sobre el ejercicio abusivo del derecho de petición no es un detalle menor. Su presencia en una respuesta administrativa, en el contexto de una solicitud de información ambiental, revela una tensión estructural cada vez más frecuente en América Latina: el choque entre la participación activa de la ciudadanía en la defensa del ambiente y las formas institucionales que buscan mantener el control sobre los marcos de decisión y acceso a la información.

Desde la perspectiva institucional, el señalamiento parece buscar anticiparse a futuras solicitudes, enmarcándolas como potencialmente excesivas, repetitivas o perturbadoras del funcionamiento público. Sin embargo, esta lectura parte de una interpretación burocrática del quehacer estatal, que tiende a ver las solicitudes ciudadanas como cargas administrativas, y no como expresiones de un derecho fundamental. En cambio, la respuesta de Marco Levy destaca con claridad una postura opuesta: si el Estado exige pruebas para actuar, debe entonces garantizar a la ciudadanía acceso a los insumos técnicos necesarios para generar esas pruebas. De lo contrario, se genera un círculo vicioso donde la falta de información impide la denuncia, y la falta de denuncia refuerza la inacción.

En materia ambiental y socioambiental, esta tensión no es menor. Los conflictos ambientales contemporáneos se caracterizan por una fuerte asimetría de información, en la que comunidades y defensores enfrentan barreras de acceso a datos técnicos, jurídicos y territoriales. Por eso, el derecho de petición no puede reducirse a un trámite: es una herramienta de fiscalización, de exigibilidad de derechos y de protección del interés público frente a los daños ecológicos.

La noción de “abuso del derecho de petición” se convierte entonces en una frontera peligrosa. Cuando se invoca desde los espacios administrativos en contextos de vigilancia ciudadana ambiental, no solo busca desactivar la crítica, sino también debilitar el tejido democrático que sostiene la defensa del bien común. Lejos de ser un problema de exceso de peticiones, lo que este caso revela es una falta de voluntad institucional para garantizar el derecho de acceso a la información ambiental, tal como lo exigen principios como el de transparencia activa del Acuerdo de Escazú.

Este no es un caso aislado. Es un síntoma de algo más profundo: un Estado que comienza a responder con sospecha y no con apertura a quienes ejercen su derecho a preguntar, a vigilar y a defender la vida en sus múltiples formas. En esta coyuntura, repensar el derecho de petición como un acto político y no solo jurídico, es clave para sostener una democracia ecológica real.

Fuente de las imagenes: Alvarado Salazar, G. (2005, 8 de noviembre). Informe de inspección técnica en propiedad de Pavel Jaroslav en Playa Negra, Puerto Viejo. Comité Local Forestal de Talamanca, Subregión Cahuita, Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC), Ministerio de Ambiente y Energía.

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Municipalidad de San Rafael de Heredia enfrenta cuestionamientos por intervenciones no autorizadas en el Cerro Chompipe

El colectivo ciudadano CONCEVERDE solicitó formalmente al Concejo Municipal de San Rafael de Heredia que intervenga ante las acciones impulsadas por el alcalde Jorge Arias Santamaría en la zona del Cerro Chompipe, territorio ubicado dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo y protegido por la Ley 65 como área inalienable del Estado.

Según la denuncia presentada José Francisco Alfaro Carvajal, el alcalde ha impulsado acciones como la instalación de cámaras trampa y planes de amojonamiento en la finca 4-156766-000 sin contar con autorización del Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE). Estas intervenciones, realizadas sin aval institucional y en una zona categorizada como patrimonio natural del Estado, podrían constituir una usurpación de competencias e infringir normativas ambientales vigentes.

El SINAC confirmó en distintos oficios que no ha otorgado permisos ni convenios con la Municipalidad para realizar estudios, delimitar terrenos o desarrollar planes de manejo en esta área protegida. Asimismo, un informe de inspección del Parque Nacional Braulio Carrillo alertó sobre la falta de cooperación del alcalde ante solicitudes de verificación y recomendó aplicar medidas de prevención administrativa bajo el principio indubio pro natura.

CONCEVERDE solicita al Concejo Municipal tomar acciones inmediatas para que se concrete el traspaso registral de la finca al MINAE, se prohíba toda intervención sin aval institucional y se delimite claramente la responsabilidad del gobierno municipal en estos hechos. La situación se encuentra bajo seguimiento del MINAE, la Sala Constitucional y la ciudadanía organizada.

Pueden acceder a la documentación aquí.

Si desean conocer más sobre el traspaso de la propiedad, pueden consultar la nota web «Finca pendiente de traspaso en el Parque Nacional Braulio Carrillo genera preocupación ciudadana y riesgos para el patrimonio natural«.

Patrimonio natural en riesgo legal

Dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo, en el sector del Cerro Chompipe, se ubica la finca 4-156766-000. Esta propiedad, protegida por la Ley N.º 65 de 1888 como zona inalienable y cubierta de bosque, califica legalmente como Patrimonio Natural del Estado según el artículo 13 de la Ley Forestal N.º 7575. No obstante, a pesar de una orden expresa de la Sala Constitucional (resolución 2023-017109), esta finca aún figura inscrita a nombre de la Municipalidad de San Rafael de Heredia.

El SINAC solicitó su traspaso al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) desde julio de 2024, pero el trámite no se ha concretado. Esta dilación genera incertidumbre jurídica y abre la puerta a intervenciones no autorizadas, como la instalación de cámaras trampa o intentos de amojonamiento, sin permisos del ente rector.

La falta de inscripción a nombre del Estado debilita la capacidad de las instituciones ambientales para ejercer vigilancia, aplicar planes de manejo y garantizar la conservación efectiva del área. Mientras esta situación persista, la finca se mantiene en una especie de “limbo legal”, donde el riesgo de vulneración al patrimonio natural es latente. La resolución judicial exige además informes periódicos sobre los avances en recuperación de terrenos protegidos, lo que refuerza la urgencia de una respuesta institucional concreta y diligente.

La importancia de la coordinación interinstitucional en la gestión del patrimonio natural

El desarrollo de acciones como la instalación de cámaras trampa o los planes de amojonamiento en áreas protegidas requiere una coordinación interinstitucional rigurosa. Estas actividades, aunque puedan tener fines de conservación o investigación, deben ejecutarse dentro del marco legal y en sintonía con las políticas y planes de manejo establecidos por el Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE) y el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Cuando una municipalidad actúa de forma unilateral, sin los permisos ni el acompañamiento técnico necesario, se generan múltiples riesgos: desde la alteración de ecosistemas sensibles hasta la anulación de procesos de planificación estatal ya en marcha. Además, tales acciones pueden desembocar en conflictos legales, pérdida de legitimidad institucional y vulneraciones al principio de indubio pro natura, que prioriza la protección ambiental ante la duda.

La colaboración transparente y basada en competencias claras entre municipios, ministerios, áreas de conservación y comunidades es clave para garantizar la defensa efectiva del patrimonio natural del Estado. En contextos de alta fragilidad ecológica como el Cerro Chompipe, esta articulación se vuelve aún más urgente y estratégica.

¿Qué es el Patrimonio Natural del Estado y por qué debe ser protegido?

El Patrimonio Natural del Estado en Costa Rica está definido por el artículo 13 de la Ley Forestal N.º 7575, como el conjunto de bosques y terrenos forestales que pertenecen a las reservas nacionales, las áreas declaradas inalienables, las fincas inscritas a nombre del Estado o de las municipalidades, instituciones autónomas y otros entes públicos. Este patrimonio es administrado por el MINAE y representa una de las herramientas más importantes del país para garantizar la conservación ambiental y el acceso a bienes comunes naturales.

La finca 4-156766-000, ubicada en el Cerro Chompipe, cumple con todas las condiciones legales para formar parte de este patrimonio: está dentro del Parque Nacional Braulio Carrillo, se encuentra en una zona que ha contado con protección legal desde 1888 mediante el Decreto N.º 14 —que creó la Reserva Forestal Central, declarando inalienables los terrenos boscosos clave para el abastecimiento de agua— y posee cobertura boscosa protegida. Por ello, cualquier intervención en esta área debe estar sujeta a controles legales estrictos y ser autorizada por las autoridades ambientales competentes.

La defensa del Patrimonio Natural del Estado no solo es una obligación legal, sino una responsabilidad ética ante las generaciones presentes y futuras. Ignorar esta normativa debilita los mecanismos de conservación y pone en riesgo los ecosistemas que sustentan la vida y el bienestar en el país.

Referencias:

Alfaro Carvajal, J. F. (2025, 3 de julio). Solicitud de intervención del Concejo Municipal de San Rafael de Heredia sobre acciones en Cerro Chompipe (Oficio CNVJF/151/25). Colectivo CONCEVERDE.

Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE). (2025, 25 de junio). Oficio DM-529-2025 / DAJ-MINAE-1233-2025. Respuesta a solicitud sobre finca 4-156766-000 y actuaciones en el Cerro Chompipe.

SINAC – Área de Conservación Cordillera Volcánica Central. (2025, 23 de junio). Informe de Gira SINAC-ACC-PNBC-SVB-INF-227-2025: Inspección en finca 4-156766-000, Cerro Chompipe.

SINAC – Área de Conservación Cordillera Volcánica Central. (2025, 25 de julio). Carta-SINAC-ACC.DR-0485-2025: Exhorto al respeto de la resolución 2023-017109 y solicitud de información a la Municipalidad de San Rafael de Heredia.

Crédito imagen de cabecera Ameria Rueda.

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Dos décadas de advertencias ignoradas: Humedal Río Carbón sigue en riesgo en Playa Negra

En la zona costera del Caribe Sur de Costa Rica, entre Playa Negra y el Parque Nacional Cahuita, se encuentra el Humedal Río Carbón, un ecosistema vital para la biodiversidad, la estabilidad climática y la vida de las comunidades locales. A pesar de su importancia ecológica y su protección legal bajo leyes nacionales e internacionales, este humedal enfrenta desde hace más de dos décadas un proceso de degradación sistemática: construcciones ilegales, rellenos, drenajes y tala de vegetación nativa han alterado profundamente su integridad.

Esta nota surge gracias al trabajo sostenido de Marco Levy Virgo, ciudadano limonense comprometido con la defensa ambiental y los derechos colectivos, quien desde 2005 ha documentado y denunciado estas afectaciones. Su labor ha sido fundamental para activar procesos institucionales, exigir responsabilidades y mantener viva la memoria de un conflicto socioambiental que sigue abierto.

El caso del Humedal Río Carbón revela con crudeza las tensiones entre el modelo turístico-inmobiliario que avanza sobre los bienes comunes y la débil acción de las instituciones llamadas a protegerlos. Más allá de un conflicto local, lo que está en juego es el futuro de los ecosistemas costeros, el respeto a la legalidad ambiental y la defensa del patrimonio natural del Estado.

En esta nota informativa te contamos qué está ocurriendo en Playa Negra, quiénes están implicados, cuáles leyes se han violentado y qué medidas urgen para detener la impunidad ecológica que amenaza al humedal Río Carbón.

¿Quién protege el Río Carbón?

A pesar de su importancia ecológica y su inclusión parcial dentro del Parque Nacional Cahuita, el Humedal Río Carbón, ubicado en Playa Negra, enfrenta una grave amenaza por actividades ilegales de drenaje, relleno y construcción dentro de la zona marítimo-terrestre.

Desde al menos el año 2002, distintas organizaciones, profesionales y vecinos han documentado el deterioro progresivo del ecosistema, por parte de personas y sus sociedades anónimas, quienes han desarrollado obras sin permisos legales, alterando de forma irreversible su equilibrio hídrico y biológico.

Las inspecciones realizadas por el Comité Local Forestal de Talamanca, funcionarios del SINAC, MINAE, Ministerio de Salud y Fuerza Pública, han constatado múltiples irregularidades: edificaciones levantadas sobre suelos saturados, apertura de canales de drenaje, tala de vegetación de humedal (como el «yolillo») y bloqueo de caminos públicos. Varias de estas obras se encuentran incluso dentro de los límites del Parque Nacional Cahuita.

¿Por qué es grave?

El Humedal Río Carbón está registrado en el inventario nacional de humedales y su conservación es obligatoria bajo la Convención Ramsar –un tratado internacional que Costa Rica ratificó en 1991. Los humedales como este son fundamentales para:

  • la protección de especies en peligro de extinción como la tortuga carey;

  • el control de inundaciones y calidad del agua;

  • la conectividad ecológica entre ecosistemas marino-costeros y terrestres.

Sin embargo, las autoridades locales, especialmente la Municipalidad de Talamanca, han sido señaladas por su inacción, otorgamiento irregular de permisos y ocultamiento de información pública. A pesar de órdenes explícitas de la Procuraduría General de la República para revocar los permisos y restaurar el humedal, no se ha actuado con firmeza.

Lo que se exige:

  • La paralización inmediata de todas las obras en el humedal.

  • El desalojo de los ocupantes ilegales.

  • La restitución del ecosistema a su estado original.

  • El traslado del caso a la Fiscalía Ambiental, por su complejidad y gravedad.

  • La investigación penal contra funcionarios que hayan incurrido en incumplimiento de deberes, prevaricato o exacción ilegal.

El caso de Playa Negra no es aislado. Representa un patrón de desprotección de los bienes comunes frente a intereses inmobiliarios y turísticos, con la complicidad –por acción u omisión– de instituciones públicas.

Proteger el Humedal Río Carbón es defender la vida, la biodiversidad y el derecho de las comunidades a un ambiente sano.

Laxitud institucional y la defensa comunitaria como última frontera

Lo ocurrido en el Humedal Río Carbón no es un caso aislado ni accidental: es reflejo de un patrón preocupante de laxitud institucional ante la destrucción ambiental en zonas de alta vulnerabilidad ecológica y social. A pesar de contar con múltiples denuncias, informes técnicos, delimitaciones oficiales y dictámenes de la Procuraduría General de la República, las autoridades responsables —incluyendo la Municipalidad de Talamanca, el Ministerio Público y órganos administrativos— han fallado sistemáticamente en aplicar la ley, sancionar a los infractores y detener la degradación de un ecosistema clave para el equilibrio de la costa caribeña.

Esta permisividad, sea por inacción, negligencia o complicidad, abre la puerta a formas de extractivismo inmobiliario y turístico que transforman humedales, bosques y zonas marítimo-terrestres en espacios de especulación, al margen de la normativa ambiental vigente. La lentitud de los procesos judiciales, la fragmentación de competencias y el uso opaco de los permisos municipales agravan aún más la situación, permitiendo que se consoliden ocupaciones ilegales y cambios irreversibles en el uso del suelo.

Frente a esta ausencia de garantías institucionales, ha sido el monitoreo comunitario, ético y persistente, encabezado por personas como Marco Levy, lo que ha permitido sostener la denuncia pública, recolectar evidencia y exigir la defensa del humedal como bien común. Su labor evidencia que, en contextos de vulnerabilidad ambiental y política, la ciudadanía organizada es la última frontera que impide el colapso ecológico.

La situación del Humedal Río Carbón nos recuerda que los bienes comunes naturales no se defienden solos. Requieren de comunidades vigilantes, redes de apoyo y voluntad política para resistir el avance del extractivismo. Sin justicia ambiental, no hay futuro para los territorios del Caribe Sur.

Imágenes de la inspección

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El mar que avanza: Puerto Viejo pierde su zona pública costera

Durante décadas, los mojones han servido como referencia visual para identificar la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) en Costa Rica. En Puerto Viejo, Caribe Sur, estos hitos fueron colocados hace más de 40 años con el fin de señalar los límites de la zona pública: los primeros 50 metros desde la línea de pleamar ordinaria, donde está prohibido construir.

Hoy, sin embargo, el mar ha llegado hasta esos mojones. Lo que antes era zona pública —de uso común, libre y no concesionable— ha sido devorado por la marea. El avance del mar ha hecho desaparecer físicamente esa franja de protección costera, y pone en riesgo calles, árboles centenarios, negocios e infraestructuras que antes parecían seguras.

Puerto Viejo: mojones en la orilla, permisos sobre arena

El monitoreo de Philippe Vangoidsenhoven —basado en observación directa, registros fotográficos y diálogo constante con actores locales— permite reconstruir con detalle cómo ha avanzado el mar en sectores clave de Puerto Viejo, y cómo las instituciones siguen actuando como si nada hubiera cambiado.

Uno de los ejemplos más evidentes es el de la zona frente a la discoteca Stanford: “Ahí había 50 metros de zona pública. El mar se los comió por completo”, señala Philippe. Hoy, donde antes había playa, el agua choca directamente contra las construcciones.

En Beach Break, Cocles, la situación es igual de crítica. Un sábado, recuerda Philippe, la marea llegó hasta tocar la carretera. La Municipalidad y JAPDEVA reaccionaron con urgencia para evitar que el mar se llevara la vía pública: “Pusieron rocas de metro y medio de diámetro para detener el avance del mar. Si no lo hacían, esa calle ya no existiría”.

Antes de llegar al centro de Puerto Viejo, se han colocado rocas en los dos puentes nuevos para evitar que el mar erosione sus bases. Justo frente a Salsa Brava, el bar-discoteca ha colocado sacos llenos de arena para intentar frenar el embate del mar, que sigue golpeando la base del edificio, ubicado en plena zona pública. La situación es tan crítica que solo queda esperar a que el mar vuelva a golpear la costa para ver cómo se lleva esos sacos.

El avance del mar también pone en entredicho la legalidad de nuevas construcciones. Philippe ha documentado casos en que se otorgan permisos pegados a los mojones, a pesar de que funcionarios públicos admiten —aunque a regañadientes— que estos hitos no son válidos para medir la zona pública. Sin embargo, se continúan utilizando “porque moverlos implicaría declarar ilegales muchas construcciones ya existentes”. Esta práctica contradice lo establecido por la Ley 6043, que indica que la medición debe hacerse desde la línea de pleamar ordinaria.

Esta omisión deliberada alimenta un ciclo de irregularidades. En palabras de Philippe: “Ya lo tienen planeado todo. Están construyendo pegados al mojón, a pesar que el nivel del mar sube y sube”. Con esto, Philippe no se refiere únicamente a una inundación repentina, sino al constante accionar del oleaje, que golpea con fuerza y va socavando el terreno. Es un proceso continuo en el que el mar sube y baja, pero sus efectos acumulativos debilitan progresivamente la franja costera, haciendo aún más evidente la irresponsabilidad de construir en esa zona.

Philippe ha sido testigo directo de cómo estas decisiones se implementan en la práctica. En una inspección reciente, observó la construcción de un negocio justo frente al mojón, sobre un terreno que está siendo alcanzado por el mar. Esta estructura es fácilmente identificable, pues se ubica detrás de la parada de buses.

En conversación con el encargado, la respuesta fue clara: ‘Los mojones no se van a cambiar’, ya que hacerlo implicaría reconocer la ilegalidad de muchas edificaciones. Aunque admitió que el Estado debería actualizar las mediciones, también reconoció que no lo hará, pues —como reflexiona Philippe— esto implicaría un cambio drástico en la planificación territorial y una escalada de expropiaciones.

Incluso cuando solicitó información al funcionario regional del MINAE sobre la delimitación de la Zona Marítimo Terrestre, la respuesta se limitó a un resumen de la normativa vigente, sin ningún compromiso de actualización. Por el contrario, el funcionario aseguró que seguiría utilizando los mojones como referencia, aun sabiendo que esto contradice el marco legal.

A partir de sus monitoreos, un funcionario admitió informalmente que los 50 metros deben medirse desde la pleamar ordinaria y no desde los mojones. Sin embargo, esta admisión no ha generado ningún cambio institucional. Aunque en esa franja de 50 metros está prohibido construir, Philippe ha denunciado muchas edificaciones. Por ello, a pesar del evidente avance del mar, los permisos continúan otorgándose como si la línea costera no se hubiera desplazado.

Un ejemplo de esta situación es que muchas edificaciones que hace 30 años estaban fuera de la zona pública, hoy se encuentran dentro de ella debido al avance del mar. En estos casos, no deberían permitirse mejoras ni intervenciones; por el contrario, deben dejarse sin uso hasta que colapsen, para luego ser retiradas y así devolver ese espacio a la zona pública.

Uno de los casos recientes denunciados por Philippe ocurre en la entrada de Puerto Viejo, donde se deforestó, rellenó y construyó parcialmente sobre un posible humedal. Pese a la denuncia formal, las obras continúan, y el mar ya amenaza la estabilidad de la estructura. Para Philippe, ese edificio debería ser demolido.

Ignorar estos cambios y seguir construyendo como si el mar no se moviera es profundizar un modelo insostenible y de alto riesgo tanto para las personas como para la naturaleza.

Cuando los mojones ya no marcan el límite, sino el daño

El monitoreo comunitario muestra que, en muchos sectores, la línea de pleamar actual ha alcanzado o superado los mojones colocados hace décadas. Esto significa que la franja de uso público se ha perdido por completo, y que en algunos tramos las construcciones están hoy donde antes rompían las olas. Esta omisión legal y técnica normaliza la ocupación ilegal de una zona que el mar ha recuperado, dejando a las comunidades sin la protección ambiental y territorial que garantiza la ley.

Proyecto Old Harbour: ¿Parque lineal o infraestructura en zona de riesgo?

Mientras la franja costera retrocede visiblemente en Puerto Viejo, distintos actores institucionales y privados impulsan propuestas para «recuperar» el espacio público. Una de ellas es el Parque Lineal del Arte y la Cultura, que plantea construir una senda peatonal, ciclo vía, zonas adoquinadas, mobiliario urbano, iluminación y espacios para ferias y eventos frente al mar.

Aunque se presenta como una apuesta por la cultura, recreación y seguridad, el proyecto omite una realidad central: buena parte del trazado previsto se encuentra en zonas que el mar ya ha alcanzado o donde la zona pública ha sido invadida por construcciones. Instalar infraestructura permanente en una franja en retroceso ignora el riesgo climático y podría reforzar un modelo de ocupación que acelera la pérdida del espacio común.

Tampoco se menciona la existencia ni los límites legales de la ZMT, ni cómo enfrentar el hecho de que los 50 metros de uso público —inalienables y no concesionables por ley— ya han sido tragados por el mar en varios puntos. El proyecto parece responder más a una lógica de embellecimiento urbano y atracción turística que a una estrategia de adaptación climática o justicia territorial.

Puerto Viejo no necesita más cemento en la playa. Necesita políticas que reconozcan la transformación del territorio, fortalezcan el monitoreo comunitario y protejan el derecho colectivo a habitar la costa sin quedar expuestos ni desplazados por el avance del mar ni por proyectos que lo ignoran.

¿Qué dice la ley sobre la Zona Marítimo Terrestre?

La Zona Marítimo Terrestre (ZMT) está definida en la Ley 6043 de 1977 como una franja de 200 metros de ancho a partir de la línea de pleamar ordinaria. Esta franja se divide en dos partes:

  • Zona pública (primeros 50 metros): inalienable, imprescriptible y de uso público. Está prohibido construir o concesionar.

  • Zona restringida (150 metros siguientes): puede ser concesionada bajo regulación municipal.

La ley establece que la medición debe hacerse desde la pleamar ordinaria, no desde mojones antiguos. Si el mar ha avanzado, la zona pública también se ha desplazado con él.

Cambio climático y retroceso costero

El aumento del nivel del mar, provocado por el cambio climático, está alterando drásticamente la línea costera. Este fenómeno responde a múltiples factores interrelacionados: el derretimiento de glaciares y capas de hielo, la expansión térmica de los océanos por el aumento de la temperatura global, y la intensificación de tormentas y marejadas. Además, el cambio en las corrientes oceánicas y en los patrones de viento y precipitación está modificando el comportamiento de las olas y la distribución de sedimentos, lo que acelera aún más la erosión costera. Todo esto impacta directamente en ecosistemas y comunidades que habitan zonas cada vez más vulnerables

Según el IPCC, el nivel medio del mar ha subido 20 cm desde 1900, y podría aumentar entre 0.43 y 0.84 metros para 2100. En el Caribe, estos efectos se agravan por la combinación de mareas, tormentas y degradación de ecosistemas. En Costa Rica, el IMN y el MINAE indican que el nivel del mar en la costa caribeña crece a un ritmo promedio de 2.4 mm por año, afectando infraestructura, ecosistemas y comunidades.

Una discusión urgente: ¿Cómo defender la zona pública cuando el mar no deja huella fija?

Puerto Viejo ilustra una tensión central de este tiempo: la ley garantiza una franja pública costera, pero la realidad climática la está haciendo desaparecer. Persistir en el uso de mojones obsoletos como base para otorgar permisos invisibiliza una transformación territorial profunda.

Es urgente revisar la forma en que se aplica la ley, actualizando las mediciones con base en la pleamar real y reconociendo el desplazamiento del mar. También se requiere acción estatal decidida para proteger las zonas públicas costeras y frenar su ocupación mediante permisos o concesiones irregulares.

Cuando el mar se lleva lo que es de todas y todos

El aumento del nivel del mar no es solo un fenómeno ambiental: es una transformación del territorio que afecta la vida de las comunidades. En Puerto Viejo, donde el acceso libre a la playa es parte de la identidad local y de la economía comunitaria, su desaparición representa una pérdida colectiva.

Aunque pueda parecer insignificante, un aumento del nivel del mar de apenas 1 centímetro puede tener efectos profundos, especialmente en zonas costeras frágiles como el Caribe Sur. No se trata solo del número, sino de lo que implica: al subir el mar, la línea costera se desplaza tierra adentro, lo que puede provocar inundaciones más frecuentes y salinización de fuentes de agua dulce.

Además, ese “pequeño” aumento eleva la base sobre la cual actúan las mareas, las tormentas y las olas, haciendo que los eventos extremos sean más destructivos. El mar también socava la costa desde abajo: arrastra la arena que sostiene las raíces de los árboles y las construcciones, desestabilizándolos. Poco a poco, lo que era tierra firme se convierte en playa y, más tarde, en mar abierto. Así, las construcciones y ecosistemas que antes estaban protegidos quedan expuestos, erosionados o directamente destruidos.

Esta erosión del espacio público ocurre tanto por causas naturales como por decisiones políticas que legalizan lo irregular y colocan intereses privados sobre el bien común. Cuando se otorgan permisos con base en mojones de hace 40 años, se colabora activamente en la privatización de lo público.

El desafío inmediato es adaptarse a un entorno cambiante y vulnerable. A mediano y largo plazo, la lucha será por el derecho a permanecer en el territorio sin ser desplazados bajo la excusa del «riesgo». También se debe exigir al Estado que regule el litoral con base en conocimiento actualizado, monitoreo comunitario y justicia territorial. No se trata solo de mover mojones, sino de reconocer que el mar ya lo hizo.

Puerto Viejo es una advertencia, pero también puede ser el punto de partida para repensar cómo defender lo que es de todas y todos: la playa, el territorio y el derecho a habitar la costa con dignidad.

Esta imagen fue tomada en Playa Negra, llegando al río Hone, donde ya no queda rastro de la tierra oscura: todo es arena ahora. Los árboles que antes crecían allí se han secado por completo. Es un ejemplo claro y doloroso del impacto del avance del mar —cuando el agua salada invade las raíces, la vida desaparece.
Galería de registros sobre la subida del nivel del mar en el Caribe Sur de Costa Rica (2013–2025)

Esta galería reúne una selección de registros fotográficos y audiovisuales realizados por Philippe Vangoidsenhoven, que documentan los impactos visibles del aumento del nivel del mar en la costa del Caribe Sur de Costa Rica, desde la desembocadura del río Hone en Playa Negra hasta el centro de Manzanillo. Entre 2013 y 2025, este monitoreo ha capturado los efectos progresivos de la erosión costera, la pérdida de playas, la caída de árboles, el colapso de infraestructura y otros signos del avance del mar sobre el territorio. Más allá de la evidencia visual, este archivo es testimonio de una realidad vivida por las comunidades costeras, que enfrentan con resiliencia y preocupación los desafíos del cambio climático y la transformación acelerada de su entorno.

Registro fotográfico 2013

Registro fotográfico 2014

Registro fotográfico y audiovisual 2015

Registro fotográfico 2016

Registro fotográfico 2017

Registro fotográfico y audiovisual 2018

Registro fotográfico 2019

Registro fotográfico y audiovisual 2020

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Registro fotográfico 2023

Registro fotográfico y audiovisual 2023

Registro audiovisual

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Tala “controlada” bajo la lupa comunitaria: evidencia de malas prácticas en terrenos del AyA

Desde hace varios meses, el defensor ambiental Philippe Vangoidsenhoven ha venido realizando un monitoreo activo de las actividades de tala «controlada» en los terrenos utilizados por el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA), ubicados en zonas de alta fragilidad ecológica. Si bien esta tala fue ordenada por los tribunales de justicia, lo que debería ser una práctica regulada y responsable se ha convertido en motivo de alerta y preocupación, debido a múltiples irregularidades detectadas en el terreno.

 

Uno de los casos más recientes, documentado por el propio Vangoidsenhoven, evidencia la intervención sobre árboles de gran tamaño —algunos con diámetros superiores a un metro, en excelente estado de salud y con raíces intactas—. Si bien la tala autorizada fue para ocho árboles, en la actual intervención podrían haberse afectado al menos quince árboles jóvenes, debido a la falta de aplicación de buenas prácticas en el proceso. Según testimonios recogidos en el lugar, algunos de estos árboles podrían haber sido talados de forma completa, en lugar de aplicar el procedimiento recomendado de cortes progresivos desde la copa hacia la base, destinado a minimizar el impacto en el ecosistema. Esta práctica habría provocado el arrastre de árboles jóvenes, arbustos, bejucos y vegetación secundaria.

Tala descontrolada y arrastre de vegetación: impactos irreversibles en la regeneración del bosque

Cuando un árbol adulto cae de manera abrupta y sin planificación técnica:

  • Destruye la regeneración natural: Se eliminan los retoños y arbolitos que crecen bajo su sombra y que están destinados a reemplazarlo en el ciclo de vida del bosque.
  • Compacta el suelo: El impacto del tronco sobre la superficie degrada la estructura del suelo, afectando la retención de agua y la germinación futura.
  • Rompe la conectividad ecológica: Las lianas, bejucos y epífitas que conectan copas y permiten el desplazamiento de fauna o la vida de otras plantas desaparecen.
  • Altera el microclima: La apertura brusca del dosel provoca cambios de luz, humedad y temperatura que afectan la biodiversidad del sotobosque.

Además, se ha documentado presunta contaminación de un arroyo adyacente debido al uso de motosierras y equipos mecánicos que habrían derramado aceite o combustible. Esto pone en riesgo el ecosistema acuático y contraviene de forma directa varias normativas ambientales. Es importante recordar que las zonas ribereñas tienen protección legal de al menos 15 metros a cada lado del cauce, y cualquier intervención forestal o mecánica en estas franjas constituye una infracción ambiental.

Omisiones legales a simple vista

Las observaciones hechas por el monitoreo comunitario permiten identificar posibles omisiones a normas ambientales clave en Costa Rica, entre ellas:

  1. Ley Forestal No. 7575
    • Artículo 14: Prohíbe la tala y cualquier intervención en zonas de protección alrededor de cuerpos de agua.
    • Artículo 17: Protege las áreas de regeneración natural, incluso en propiedades privadas.
  2. Ley de Vida Silvestre No. 7317
    • Reconoce la importancia del ecosistema completo, no solo de árboles adultos, incluyendo fauna, flora menor y estructuras ecológicas.
  3. Decreto Ejecutivo No. 33903-MINAE
    • Define zonas de protección obligatoria de 15 metros a cada lado de cauces permanentes, donde está prohibida cualquier actividad de chapea o tala.
  4. Ley de la Biodiversidad No. 7788
    • Exige un enfoque integral y ecosistémico en la gestión de los recursos naturales, reconociendo la interacción entre todos los componentes vivos y no vivos del bosque.
  5. Artículo 50 de la Constitución Política
    • Establece el derecho de toda persona a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.

(Imagen: Presencia de hidrocarburos en el agua.)

El hecho de que estos actos ocurran en terrenos de una institución pública como el AyA es especialmente grave, y plantea interrogantes sobre la eficacia de la fiscalización por parte del MINAE y otros entes reguladores. Los permisos, aunque existentes, no eximen a quienes los ejecutan de respetar el marco legal ni de evitar daños colaterales.El hecho de que estos actos ocurran en terrenos de una institución pública como el AyA es especialmente grave, y plantea interrogantes sobre la eficacia de la fiscalización por parte del MINAE y otros entes reguladores. Los permisos, aunque existentes, no eximen a quienes los ejecutan de respetar el marco legal ni de evitar daños colaterales.

Más allá de los casos específicos relacionados con el AyA, existen otras prácticas extendidas en el Caribe Sur que también amenazan la integridad de los ecosistemas. Estas acciones, aunque no siempre vinculadas directamente a proyectos de infraestructura, forman parte del mismo patrón de transformación territorial bajo lógicas que privilegian el control y la “limpieza” del paisaje.

La chapea: una amenaza silenciosa a la continuidad del bosque

Otra práctica ampliamente cuestionada en el Caribe Sur, es la chapea indiscriminada del sotobosque. Aunque a veces se presenta como una “limpieza” del terreno, en realidad, elimina de raíz la regeneración forestal: bejucos, lianas, bromelias, arbustos y otras especies fundamentales para la salud del ecosistema.

Como explica Philippe:

“Si uno chapea constantemente, el bosque va a morir. Puede tardar 100 o 200 años, pero sin hijos que crezcan, no hay reemplazo para los árboles viejos que caen. Lo que queda es un palo solito, sin vida, sin conexión.”

Estas plantas sostienen el equilibrio hídrico, forman parte de la red trófica de animales y aves, y permiten la sucesión ecológica. Su desaparición progresiva transforma al bosque en una estructura hueca, sin capacidad de regeneración ni resiliencia frente al cambio climático.

¿Qué entiende el MINAE por “bosque”?

Uno de los aspectos más discutidos por observadores y defensores ambientales es la visión reduccionista con que el MINAE define los ecosistemas forestales. En la práctica institucional, muchas veces se considera bosque únicamente cuando hay árboles adultos visibles, ignorando las fases intermedias del crecimiento, la estructura del sotobosque, la presencia de epífitas, y la fauna que depende de esta complejidad.

El resultado es una política permisiva ante la degradación paulatina del bosque, donde se autoriza tala y chapea sin tomar en cuenta los efectos acumulativos, ni el carácter interdependiente de los ecosistemas tropicales.

“El bosque no es solo árboles grandes. Es todo el sistema. Sin regeneración, sin lianas, sin conexión entre copas, el bosque pierde su esencia”, insiste Philippe.

Estas vigilantes y monitoreando

Estos hallazgos evidencian la necesidad urgente de reforzar los mecanismos de fiscalización ambiental y de reconocer el valor de las redes de vigilancia comunitaria, como las que operan en Talamanca. Las instituciones no pueden seguir operando bajo una lógica de cumplimiento formal mientras en el terreno ocurren prácticas destructivas que afectan la integridad ecológica de los territorios.

La defensa del bosque comienza con entenderlo en su totalidad, y continúa con la denuncia, la organización comunitaria y la presión colectiva para que se respeten tanto la ley como el equilibrio de la naturaleza.

¿Qué es un bosque? Más allá de la visión técnica

Desde una mirada técnica-institucional, el bosque suele definirse de forma reducida: una extensión de terreno con árboles adultos, cierta densidad de cobertura arbórea y altura mínima. Esta concepción, utilizada en muchas normativas y por el propio Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), tiende a ignorar elementos fundamentales del ecosistema forestal, como su dinámica regenerativa, su complejidad estructural y sus interrelaciones biológicas.

Pero desde una perspectiva ecológica integral, un bosque es mucho más que un conjunto de árboles. Es un sistema vivo, compuesto por:

  • Estructuras múltiples: Dosel, sotobosque, capa de regeneración, suelo vivo.
  • Diversidad de formas de vida: Árboles, arbustos, herbáceas, hongos, bejucos, epífitas, líquenes, bacterias, fauna aérea, terrestre y acuática.
  • Procesos ecológicos dinámicos: Regeneración natural, ciclos de nutrientes, polinización, dispersión de semillas, sucesión ecológica.
  • Conectividad funcional: Relaciones de mutualismo, cadenas tróficas, vínculos hídricos y climáticos.

Un bosque no es estático ni homogéneo. Es una red compleja de relaciones entre elementos bióticos y abióticos, y su salud depende precisamente de esa diversidad y de su capacidad de autorregenerarse. Eliminar, simplificar o romper estas relaciones —como sucede con la tala inadecuada o la chapea indiscriminada— transforma un ecosistema resiliente en un espacio degradado y vulnerable.

El bosque como bien común

Reconocer esta complejidad lleva a un cambio de paradigma: los bosques no pueden ser tratados como simples recursos maderables o zonas de “aprovechamiento racional”. Son bienes comunes, sistemas esenciales para el equilibrio climático, el ciclo del agua, la vida silvestre y la salud comunitaria. Su valor no es solo económico, sino ecológico, cultural y espiritual.

En contextos como Talamanca, donde los territorios indígenas y rurales conviven con áreas de conservación, el bosque es también memoria, medicina, alimento, vida. De ahí que los monitoreos comunitarios —como el que realiza Philippe y otras personas de la zona— no solo documentan daños: defienden una forma de relación con la naturaleza que es colectiva, respetuosa y con visión de largo plazo.

Monitoreo comunitario: defensa activa del bien común

Frente a una institucionalidad que muchas veces falla en prevenir o detener las malas prácticas, la vigilancia socioambiental ejercida por las comunidades se convierte en una herramienta vital de defensa territorial. No se trata solo de evidenciar irregularidades, sino de proteger activamente los ciclos de vida que sostienen la existencia misma del bosque.

Este tipo de monitoreo, ejercido con conocimiento local, sensibilidad ecológica y compromiso ético, nos recuerda que:

  • El bosque no se defiende desde una oficina. Se defiende caminándolo, observándolo, y exigiendo respeto.
  • Los bienes comunes no son propiedad del Estado ni del mercado. Son responsabilidad compartida de las comunidades.
  • No hay justicia ambiental sin justicia territorial y participación comunitaria.
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Puerto Viejo: tala en instalaciones del AyA bajo la lupa de defensores ambientales

Philippe Vangoidsenhoven, defensor ambiental activo en el Caribe Sur, continúa con el seguimiento del caso relacionado con la tala de árboles en las cercanías de la planta de tratamiento de aguas del AyA en Puerto Viejo.

Según el relato de Philippe, el proceso inició cuando una vecina solicitó al Juzgado Agrario permiso para talar dos árboles que presentaban riesgo hacia su vivienda. Sin embargo, la autorización final contempló la tala de ocho árboles, argumentando condiciones similares de peligro.

Durante una reunión pública organizada por el AyA, en la que estuvo presente Philippe, se habló únicamente de una tala ‘preventiva’ por razones de seguridad, tal como consta en los folletos informativos elaborados por la institución. En ningún momento se mencionó que la madera sería retirada o aprovechada, lo que generó preocupación en el seguimiento posterior.

En una visita reciente al sitio (24 de mayo 2025), Philippe observó que varios de los troncos ya no estaban, además de rastros de aserrín, lo cual indicaría procesamiento de madera en el lugar. Esta observación contrasta con lo dicho por el AyA y con lo establecido en la sentencia judicial, que exige coordinación con SINAC para cualquier disposición de la madera.

“No veo en ningún lado de la resolución que diga que se puede cortar el árbol en pedazos, montarlo y sacarlo. Solo habla de la tala por peligro. ¿Por qué se llevaron todo? Es raro. En el bosque, esos árboles caídos tienen su función ecológica”, señaló Philippe tras leer el fallo judicial.

De acuerdo con el análisis legal realizado, la sentencia del expediente 24-000326-0465-AG permite la corta de los árboles señalados, pero bajo estrictas condiciones: sin dañar la vegetación circundante, sin dejar residuos, y con obligación de coordinar con SINAC cualquier disposición de madera.

El retiro de los troncos sin evidencia de dicho trámite podría constituir una posible violación ambiental, lo que refuerza la importancia de este tipo de monitoreo comunitario. Además, es crucial considerar el manejo adecuado de los residuos de tala, como troncos, ramas y pedazos de madera, ya que estos cumplen funciones ecológicas esenciales en los ecosistemas. Por ejemplo, la madera caída sirve como refugio para fauna silvestre, contribuye a la retención de humedad, el reciclaje de nutrientes y el mantenimiento del suelo. En bosques tropicales, estos elementos favorecen la regeneración natural y sostienen cadenas tróficas importantes, por lo que su remoción indiscriminada puede alterar significativamente los equilibrios ecológicos locales.

Philippe indica que la situación ya fue comunicada al Ministerio Público, y se mantienen abiertas las dudas sobre:

  • ¿Quién retiró los troncos?
  • ¿Se tramitó autorización ante SINAC?
  • ¿Qué destino tuvo la madera extraída?

Este caso refuerza la necesidad de transparencia y control ciudadano en los procesos que involucran recursos naturales y posibles impactos ambientales. El seguimiento continúa.

Visita de campo de Philippe: zona de humedal y protección de quebradas

Philippe también advierte que el área intervenida corresponde a un humedal, algo evidente al observar la vegetación característica, como hojas largas que sobresalen de las conocidas plantas como Orejas de Burro, típicas de estos ecosistemas. Además, uno de los árboles talados se encontraba a escasos metros de un arroyo visible en fotos y videos tomados en el lugar.

“Debemos tener claro que los arroyos, quebradas y ríos tienen un margen de 15 metros de protección en el que no se puede tocar absolutamente nada”, subrayó Philippe. Recordó que en una ocasión anterior, al consultar a Marcelo Pacheco —exfuncionario del MINAE— sobre un árbol caído en una quebrada, este le indicó que solo se puede mover para facilitar el flujo de agua, pero nunca retirarlo ni aprovecharlo, ya que está dentro de la zona de protección.

A juicio del defensor, lo ocurrido en este caso parece una estrategia para justificar la tala y posterior aprovechamiento de madera: “Estos son trucos para talar los árboles, los cortan en pedacitos. Por eso dicen que va a tardar tres semanas. Pero talar ocho árboles se hace en dos días si se sigue la normativa”.

Material informativo entregado por el AyA
La función ecológica de los árboles caídos

Aunque a simple vista puedan parecer desechos naturales, los árboles caídos cumplen un papel esencial en los ecosistemas. Al descomponerse, sus troncos y ramas aportan nutrientes al suelo, favoreciendo la fertilidad y el crecimiento de nuevas plantas. Además, funcionan como refugio y fuente de alimento para muchas especies de insectos, hongos, aves, mamíferos y reptiles.

Los árboles caídos también ayudan a retener humedad en el suelo y a reducir la erosión en áreas boscosas. En cuerpos de agua cercanos, los troncos sumergidos proporcionan sombra, oxigenación y hábitat para peces y otros organismos acuáticos. Así, lejos de ser un desperdicio, los árboles caídos son parte vital del ciclo de la vida en los bosques y otros entornos naturales.

¿Cómo debe realizarse legalmente una tala por peligro y el retiro de madera?

En Costa Rica, incluso cuando se autoriza la tala de árboles por peligro, existen normativas ambientales estrictas que regulan el procedimiento y el destino del material extraído. Estos casos se rigen principalmente por la Ley Forestal N° 7575, la Ley de Biodiversidad, y reglamentaciones del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

  1. Autorización judicial o técnica

Cuando se trata de árboles que representan un peligro, como en este caso, el derribo puede ser autorizado por un juez con base en informes técnicos de entidades como el SINAC o el AyA. Sin embargo, esta autorización no implica automáticamente permiso para disponer o retirar la madera.

  1. Permiso de aprovechamiento forestal

Para mover, transportar, almacenar o transformar la madera resultante, se requiere un permiso específico de aprovechamiento forestal, gestionado ante el SINAC. Este permiso detalla:

  • Qué tipo de madera será aprovechada.
  • Volumen estimado.
  • Destino final (uso propio, comercialización, etc.).
  • Medio de transporte y ruta.
  1. Guía de transporte

Además del permiso, el retiro de troncos o madera procesada debe ir acompañado de una guía de transporte forestal, que respalda la legalidad del traslado. Esta guía debe estar físicamente presente durante el transporte y ser entregada a solicitud de las autoridades.

¿Qué pasa si se omite este proceso?

El retiro o uso de madera sin estos permisos constituye una infracción a la Ley Forestal, y puede implicar sanciones administrativas y penales, incluyendo:

  • Decomiso del material.
  • Multas.
  • Denuncias ante el Ministerio Público por posible delito ambiental.

Por eso, aunque la corta haya sido autorizada judicialmente por motivos de seguridad, el manejo posterior de la madera está estrictamente regulado. Cualquier omisión en este proceso levanta señales de alerta sobre una posible irregularidad.

Philippe afirma que se mantendrá vigilante ante cualquier intento de nueva extracción: “Si vuelven a trabajar ahí, voy con las autoridades. No van a sacar más madera. Muchas veces ese material se usa para rellenar otros humedales, y eso no puede ser. Si se tala por peligro, se deja el árbol ahí y se acabó el trabajo”.

Material fotográfico sobre los cambios en la región

Las siguientes imágenes, correspondientes a los años 2004 y 2023, muestran la transformación del paisaje en el área cercana a la planta de tratamiento del AyA. En la imagen de 2004 se observa una cobertura boscosa densa y continua, característica de una zona con baja intervención humana. Sin embargo, al comparar con la imagen de 2023, se evidencia una notable reducción del área boscosa, sustituida progresivamente por infraestructuras y asentamientos urbanos. Este contraste ilustra el avance sostenido del proceso de urbanización y el cambio en el uso del suelo, que ha fragmentado los espacios naturales y modificado significativamente la cobertura vegetal de la zona.

2004

2023

Material audiovisual de la visita de campo del 24 de mayo 2025

Estas imágenes se incorporan con fines estrictamente educativos y de interés público, en el marco de una reflexión crítica sobre el cambio de uso del suelo, la afectación de la cobertura boscosa y los casos de tala en contextos de posible riesgo ambiental y seguridad pública, con el objetivo de comprender cómo se llevan a cabo estas intervenciones y sus implicaciones.

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Mientras la Municipalidad es allanada, la destrucción avanza: crónica de un paraíso en obras

Bienvenidos al Caribe Sur costarricense, donde el verde abunda… hasta que aparece una retroexcavadora. Aquí, en este “paraíso natural”, uno puede toparse con playas vírgenes, árboles centenarios y, si tiene suerte, una buena tala ilegal en pleno desarrollo. El combo completo incluye tierra removida, vagonetas sin placas y permisos “fantasma”. Turismo de naturaleza en versión fast-forward hacia la urbanización.

Lejos de ser hechos aislados, lo que ocurre en esta región es parte de una tendencia acelerada y preocupante: la expansión extractiva e inmobiliaria que se impone sobre los ecosistemas sin respetar normativas, ni detenerse ante denuncias comunitarias. Philippe Vangoidsenhoven, una de las personas que ha asumido la tarea de documentar y denunciar estas prácticas, nos ofrece una crónica casi diaria de lo que sucede: árboles talados sin permisos, rellenos ilegales de humedales, y destrucción que avanza mientras las autoridades parecen ausentes o desbordadas.

Casos como el de Playa Negra, donde árboles protegidos fueron derribados sin posibilidad de justificación técnica, o zonas donde se raspa la tierra una y otra vez pese a órdenes de detención previas, muestran el patrón: se destruye, se paga una multa, se construye. La impunidad es parte del modelo.

La falta de medidas cautelares efectivas permite que estos proyectos sigan su curso sin interrupción real. Las denuncias son recibidas, pero el tiempo entre una acción ilegal y una respuesta institucional es aprovechado al máximo por quienes destruyen. En ese vacío, lo que se pierde es naturaleza viva, biodiversidad, y espacios comunes.

La labor de seguimiento y documentación, como la que realiza Philippe, no solo es valiente, sino esencial. Es gracias a ese esfuerzo constante que estos casos no quedan completamente en la sombra. Pero este trabajo no debería recaer únicamente sobre personas voluntarias; requiere respaldo institucional y voluntad política real.

Mientras tanto, en el “paraíso verde”, la tendencia es clara: más concreto, menos selva. Más negocios, menos vida. Y así, cada día, la naturaleza pierde un poco más, a la vista de todos.

Caso nuevo y seguimientos

Caso 1:Retorno de las máquinas a terreno ya intervenido

En un terreno donde anteriormente se denunció el raspado de una loma y movimientos de tierra realizados sin los permisos correspondientes, las máquinas han regresado. A pesar de que en el pasado se emitieron órdenes de detención de las obras, el proyecto parece haber reactivado sus actividades sin mayores consecuencias. Philippe Vangoidsenhoven constató una nueva remoción significativa de tierra, lo que evidencia una clara intención de construcción.

Según relata, este sitio ha sido intervenido en al menos dos ocasiones previas. En ambas, la policía ambiental retiró una draga que operaba en el mismo lugar donde ahora continúan los trabajos. Fue el fiscal ambiental quien, en su momento, ordenó el retiro de la maquinaria. Sin embargo, Philippe cuestiona la efectividad de estas medidas: “Siempre es lo mismo. Están haciendo algo ilegal, pero en lugar de decomisar la máquina como corresponde, simplemente la sacan del lugar, como si eso resolviera el problema. Así no va a funcionar nunca”.

El seguimiento del caso se ha visto afectado por el constante cambio de fiscales, lo que impide una comprensión integral de los hechos. Esta falta de continuidad institucional contribuye a la impunidad con que se reanudan proyectos que, desde su inicio, violan la normativa ambiental vigente.

Nota anterior «Siguiendo la huella: donde pasa la draga, muere la lomaNota anterior»«

Caso 2: Huecos, rellenos y vagonetas sospechosas

En otra zona, donde previamente se había extraído madera, el lugar aparece ahora sin actividad visible, pero con señales de movimiento reciente: huecos excavados, tierra removida y caminos nivelados. Alertó al 911, pero no es la primera vez que este tipo de actividad sucede sin respuesta efectiva. El patrón extractivo continúa, facilitado por la falta de medidas cautelares, lo que deja a los territorios en constante estado de vulnerabilidad.

Nota anterior «Relleno tras relleno: la agonía de los humedales en el Caribe Sur costarricense»

Caso 3: Tala en Playa Negra

En las cercanías de la ferretería San Francisco, en Playa Negra, se realizó una tala de árboles de gran tamaño y alto valor ecológico. Según Philippe Vangoidsenhoven, es altamente improbable que existiera un permiso para remover dicha vegetación. Él observó vagonetas cargadas con ramas y restos vegetales, que sospecha provienen del sitio intervenido. Aunque en ese momento no había personal trabajando en el lugar, los vestigios de la tala eran claramente visibles.

Este caso parece seguir un patrón ya conocido en la zona: tala, posible multa —cuando la hay— y luego construcción sobre el terreno alterado. La legislación ambiental se aplica con laxitud, lo que permite que estas acciones se consoliden sin una reparación efectiva del daño causado.

Philippe describe una estrategia recurrente: derribar todos los árboles, cortarlos en pedazos y removerlos rápidamente. “Hoy en la mañana lo vi pasar”, señala. Más tarde, al regresar al lugar, notó un claro descenso del terreno, evidenciando la reciente intervención. En el trayecto, observó una vagoneta cargada con ramas de árboles. Aunque no pudo ver el contenido completo del cajón, es muy probable que proviniera del área afectada. “Así es como lo hacen: llenan la vagoneta con los restos y la sacan sin que nadie diga nada. Nadie detiene esas vagonetas, ese es el problema”, concluye.

Al volver Philippe al lugar, había un bajop en el terreno. “Y estaba ahí esperando. Y como yo miré primero, miré la vagoneta pasar con ese material verde, de esas ramas, de todo esto… cuando ya llegué al sitio, ahí en eso yo miro el bajop, y ahí ya me encendió el bombillo. Ya estaban sacando todo esto y seguro que están haciéndolo ahora mismo. No pude volver a ir, entonces no sé si la policía ha ido al sitio y no sé si de verdad habrán hecho su trabajo… eso es otra cosa”.

Según información proporcionada por la policía, el terreno contaba con permisos para la tala, lo que evidencia no solo la laxitud de la legislación ambiental, sino también que el problema no radica únicamente en si la tala es legal o ilegal, sino en la vulnerabilidad del ecosistema afectado.

Allanamiento a la Municipalidad de Talamanca: justicia en acción, mientras la destrucción sigue

Este martes, la Municipalidad de Talamanca fue allanada por segunda vez debido a presuntas irregularidades en la aprobación de permisos de construcción en zonas protegidas, incluyendo áreas del Refugio Nacional de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo. La investigación apunta a posibles actos de corrupción que habrían facilitado proyectos turísticos y urbanísticos ilegales.

Para Philippe Vangoidsenhoven, testigo cercano de estos procesos, la situación no es nueva. Recuerda que durante una administración anterior ya se había realizado un allanamiento en el municipio, en el cual se incautaron documentos y se inició una investigación contra el entonces alcalde. Tras ese proceso, se emitió una orden de arresto contra el funcionario, y este intentó darse a la fuga. “Y desmovieron, después de investigar todo, para arrestar al alcalde, y el alcalde se dio la fuga. Lo tuvieron que perseguir con sirenas, cortarle el paso, sacarlo del carro y llevárselo esposado”, relata Philippe. “Imagínese —añade—, el señor que debería dar el ejemplo al cantón huyendo de la policía”.

A pesar de la gravedad del hecho, el funcionario fue liberado poco después, alegando problemas de salud. Finalmente, no se le impuso ninguna sanción significativa. Lo más desconcertante, señala Philippe, es que ese mismo alcalde volvió a ser electo y continúa en funciones. “Sigue haciendo lo mismo que hacía hace tres administraciones. No le importa nada el medio ambiente. Para él, la naturaleza es una molestia”, afirma.

Una de sus declaraciones más polémicas, recuerda Philippe, fue cuando se refirió con desdén a la protección del territorio: “¿Cómo es eso que ahora resulta que es humedal? Antes no era, y ahora sí”. Este tipo de discursos refleja la indiferencia institucional ante el deterioro ambiental.

La paradoja es evidente: mientras la municipalidad está bajo investigación judicial, la destrucción del territorio continúa sin freno. La justicia actúa con lentitud, mientras el ecosistema sigue perdiendo terreno, sin medidas cautelares efectivas que frenen la tala, los rellenos ilegales y la expansión urbanística.

Nota sobre la protección legal de los humedales:

Es importante señalar que, en Costa Rica, un humedal no necesita estar formalmente inscrito o declarado mediante decreto para ser reconocido y protegido como tal. Según lo establecido por la Ley Orgánica del Ambiente (Ley N.° 7554) y la Ley de Conservación de la Vida Silvestre (Ley N.° 7317), así como por la Convención Ramsar sobre los Humedales —ratificada por Costa Rica en 1991—, cualquier ecosistema que cumpla con las características ecológicas de un humedal (como presencia permanente o temporal de agua, vegetación adaptada a suelos saturados, y funciones hidrológicas específicas) debe ser considerado y tratado como tal.

La falta de inscripción no le resta valor ecológico ni lo excluye de protección legal; más bien, es responsabilidad del Estado y de los gobiernos locales aplicar el principio precautorio y velar por su conservación, independientemente de su estatus registral.