Imagen: Captura de pantalla nota Semanario Universidad
Cuando lo “ilegal” se vuelve una categoría política
En el debate público costarricense, “minería ilegal” suele presentarse como una actividad marginal realizada por individuos aislados que operan fuera de la ley. Esa imagen resulta cómoda, porque permite reducir el problema a un conflicto entre “buenos y malos”, o entre “Estado y coligalleros”.
Sin embargo, los informes internacionales son contundentes: la minería ilegal de oro en América Latina no funciona como un fenómeno espontáneo o desorganizado. Es una economía ilícita consolidada, conectada con cadenas comerciales internacionales, mercados globales del oro y redes de violencia que incluyen corrupción, lavado de activos y control territorial (CIDH-REDESCA, 2025; UNODC, s. f.).
Por eso, la minería ilegal no puede explicarse únicamente como falta de permisos o ausencia de regulación. Se explica por la existencia de una economía extractiva paralela que se sostiene gracias a la impunidad y al debilitamiento institucional. En otras palabras, lo ilegal no es solo una práctica, sino un régimen de poder territorial.
El riesgo político aparece cuando esta complejidad se simplifica deliberadamente. La ilegalidad se convierte entonces en una palabra útil para construir un argumento: si hay ilegalidad, entonces hay que legalizar. Pero esa es una conclusión apresurada y profundamente interesada.
La minería ilegal como síntoma del abandono estatal
En la Amazonía y en múltiples regiones de América Latina, los organismos internacionales han advertido que la minería ilegal prospera especialmente en zonas donde el Estado es débil o está ausente: regiones fronterizas, áreas rurales empobrecidas o territorios indígenas históricamente marginados (CMIA, 2025).
El caso de Crucitas debe leerse desde esa misma perspectiva. La minería ilegal no aparece en un vacío. Surge en un contexto donde convergen:
- -precariedad socioeconómica,
- -ausencia de alternativas productivas sostenidas,
- -insuficiente presencia institucional,
- -crisis de fiscalización ambiental,
- -limitaciones de control territorial (Semanario Universidad, 2025; CMIA, 2025).
Por eso, hablar únicamente de coligalleros y no hablar del abandono estatal es una forma de omisión política. Lo que ocurre en Crucitas no es solo extracción ilegal: es una reconfiguración territorial, económica y social. Donde el Estado no regula, aparecen mercados informales, jerarquías de poder local, redes de intermediación y violencia.
En ese sentido, lo ilegal no es un “desorden” pasajero: es una expresión de un territorio abandonado.
La trampa del discurso técnico: “solo falta regular”
Un elemento recurrente en las discusiones institucionales es presentar la minería ilegal como un problema técnico: falta fiscalización, faltan permisos, faltan procedimientos. Bajo esta visión, bastaría con habilitar un marco de concesiones, modernizar el Código de Minería y establecer controles para ordenar el territorio.
Pero esta narrativa ignora una dimensión esencial: la minería ilegal es política porque está sostenida por relaciones de poder. REDESCA ha documentado que en varios países la minería ilegal está vinculada con economías ilícitas, violencia sistemática y captura territorial, generando incluso crisis humanitarias (CIDH-REDESCA, 2025).
En la Amazonía, por ejemplo, se ha señalado que la minería ilegal se vincula a desplazamientos forzados, trata, deterioro sanitario y destrucción de ecosistemas, en un marco donde el oro funciona como combustible de redes criminales (CMIA, 2025).
Cuando el problema es de poder, corrupción y crimen organizado, legalizar no significa controlar: significa abrir una nueva fase de disputa por el territorio.
El gran engaño: creer que lo legal elimina lo ilegal
Uno de los argumentos que se repiten con insistencia en Costa Rica es que abrir minería formal permitiría reducir o eliminar la minería ilegal. Sin embargo, la evidencia regional apunta en otra dirección: en numerosos contextos, la minería legal y la ilegal coexisten y, en ocasiones, se retroalimentan (CMIA, 2025; UNODC, 2022).
Esto ocurre por varias razones:
- La minería ilegal puede ser más rentable, porque evade costos ambientales y laborales.
- La minería legal puede convertirse en un canal de lavado, mediante el ingreso de oro ilegal a circuitos formales.
- Las cadenas de comercialización del oro son opacas, y su trazabilidad real suele ser limitada.
- La fiscalización estatal es insuficiente, incluso en operaciones formales.
- La presión extractiva aumenta cuando el territorio se normaliza como zona minera (CIDH-REDESCA, 2025; UNODC, 2022).
Así, la legalización puede funcionar como un mecanismo de normalización del extractivismo. En vez de erradicar lo ilegal, puede reorganizarlo, hacerlo más sofisticado y hacerlo convivir con estructuras empresariales formales.
Crucitas como excusa: la emergencia convertida en estrategia
En Costa Rica, el proyecto legislativo 24.717 plantea una excepción territorial para permitir minería metálica sostenible a cielo abierto en Cutris de San Carlos. El texto sustitutivo se sostiene en la idea de que esta medida permitiría enfrentar el desastre ambiental y social generado por la minería ilegal, aprovechando racionalmente el recurso y generando beneficios públicos (Asamblea Legislativa de Costa Rica, 2025).
Sin embargo, este razonamiento es problemático por al menos tres razones.
Primero, porque transforma una crisis de ilegalidad y ausencia estatal en un argumento para habilitar una actividad prohibida a nivel nacional. En vez de fortalecer la capacidad institucional para combatir redes criminales, se plantea abrir una puerta extractiva bajo la promesa de “orden” (CIDH-REDESCA, 2025).
Segundo, porque asume que el Estado podrá fiscalizar con eficacia una industria minera formal cuando, precisamente, lo que ha quedado en evidencia es su incapacidad para controlar el territorio y detener la minería ilegal (CMIA, 2025).
Y tercero, porque la minería a cielo abierto no es una actividad neutra. Implica transformación radical del territorio, presión sobre fuentes de agua, deforestación y conflictos socioambientales. No es un simple mecanismo administrativo para resolver un problema de seguridad.
La minería ilegal se denuncia, pero el extractivismo vuelve como receta.
¿Quién gana cuando lo ilegal se vuelve argumento?
Que la minería ilegal sea real no significa que el uso político de esa realidad sea neutral. Al contrario: convertir la ilegalidad en narrativa dominante permite justificar cambios legales y reabrir un mercado extractivo que la sociedad costarricense había cerrado.
Aquí aparecen preguntas inevitables:
- -¿quién gana con la apertura de minería metálica?
- -¿quién controla la comercialización del oro?
- -¿qué actores económicos se posicionan detrás de la retórica de la “minería sostenible”?
- -¿qué tan sólida es la capacidad estatal de fiscalización y trazabilidad del mineral?
- -¿qué se entiende por sostenibilidad cuando se trata de extracción intensiva? (CIDH-REDESCA, 2025; UNODC, 2022).
REDESCA advierte que incluso en países donde la minería es legal, la débil supervisión estatal y la corrupción pueden facilitar que el extractivismo formal reproduzca impactos graves y, al mismo tiempo, se convierta en una fachada para economías ilícitas (CIDH-REDESCA, 2025).
En ese marco, la frontera entre lo legal y lo ilegal puede volverse frágil, difusa e instrumental.
De la ilegalidad al derecho: el enfoque que se está perdiendo
Los documentos internacionales insisten en un punto clave: la respuesta a la minería ilegal no puede reducirse a una discusión de permisos, concesiones o regalías. Debe abordarse desde un enfoque de derechos humanos y justicia ambiental (CIDH-REDESCA, 2025).
La minería ilegal afecta directamente:
- -el derecho a un ambiente sano,
- -el derecho al agua,
- -la salud pública,
- -la seguridad comunitaria,
- -la integridad territorial de pueblos indígenas,
- -el derecho a defender derechos (CIDH-REDESCA, 2025).
Y, además, la CIDH ha advertido que los Estados tienen obligaciones claras en materia de prevención, protección y reparación, especialmente en contextos donde la minería ilegal genera violencia y degradación ambiental sistemática (CIDH-REDESCA, 2025).
Desde esa perspectiva, combatir la minería ilegal debería implicar:
- trazabilidad real del oro,
- control del comercio de mercurio y sustancias tóxicas,
- persecución de redes de intermediación y comercialización,
- fortalecimiento de fiscalización ambiental y judicial,
- protección de comunidades y defensores ambientales,
- alternativas económicas territoriales sostenidas (CMIA, 2025; UNODC, 2022).
En ese marco, legalizar minería a cielo abierto no aparece como una solución de derechos: aparece como una salida económica con costos socioambientales difíciles de revertir.
La pereza mental regresa con uniforme nuevo
En setiembre de 2025 señalamos que la política costarricense repite un patrón de pereza mental: frente a problemas complejos, se recurre al libreto extractivista como salida rápida. Hoy ese patrón vuelve, pero con un nuevo uniforme discursivo: el lenguaje de la seguridad pública.
La minería aparece nuevamente como la “salida fácil” ante realidades duras: inseguridad, pobreza, abandono, crisis territorial. Y se intenta instalar un falso dilema: o minería legal o caos ilegal.
Sin embargo, esa narrativa invisibiliza algo esencial: la ilegalidad no se combate con extractivismo. Se combate con Estado, justicia ambiental, presencia territorial sostenida y alternativas económicas reales.
Costa Rica no necesita más minería para combatir la minería ilegal. Necesita más imaginación política, más capacidad institucional y más coherencia con la decisión histórica que el país tomó en 2010.
Lo ilegal no se resuelve con extractivismo
La minería ilegal es una amenaza real. Pero convertirla en argumento para abrir minería metálica a cielo abierto es una operación política peligrosa. Los informes revisados muestran que este fenómeno no se origina por falta de minería legal, sino por redes criminales, mercados globales del oro, desigualdad, corrupción y debilitamiento institucional (CIDH-REDESCA, 2025; CMIA, 2025).
En ese contexto, legalizar minería a cielo abierto no garantiza detener la ilegalidad. Puede incluso facilitar nuevas formas de lavado de oro, captura institucional y expansión extractiva bajo discursos de sostenibilidad (UNODC, s. f.; CMIA, 2025).
Lo que está en juego no es solo un proyecto de ley ni un distrito del norte del país. Lo que está en disputa es si Costa Rica enfrentará la minería ilegal fortaleciendo la justicia ambiental y el control democrático del territorio, o si permitirá que esa crisis funcione como pretexto para normalizar un modelo extractivo que el país ya había decidido superar.
Referencias:
Asamblea Legislativa de Costa Rica. (2025). Texto sustitutivo del expediente 24.717: Ley para regular la exploración y explotación de minería metálica sostenible a cielo abierto en el distrito de Cutris de San Carlos, provincia de Alajuela y reforma parcial al Código de Minería (Ley N.º 6797). Ver aquí.
Climate and Mining in the Amazon. (2025). Cambio climático, minería ilegal y derechos humanos en la Amazonía: una reflexión desde la sociedad civil y los pueblos indígenas. Pueden descargar el documento aquí.
Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Relatoría Especial sobre Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales. (2025). REDESCA alerta sobre el impacto de la minería ilegal de oro y urge garantizar un medio ambiente sano. Comunicado de prensa. Organización de los Estados Americanos. Pueden ver el comunicado aquí.
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito. (2022). Tipologías y señales de alerta: minería ilegal. Pueden descargar el documento aquí.
Observatorio Bienes Comunes (2025). Minería en Cutris: la pereza mental de la política costarricense. Ver noticia.
Semanario Universidad. (2026). Ministro de Seguridad alegó aumento de 200% en afectación territorial por minería ilegal en Crucitas. Ver noticia.
Crédito imagen de cabecera Miriet Abrego/Semanario Universidad.