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¿Está Escazú relegando la participación ciudadana a un papel sin incidencia real en su Plan Regulador?

Próxima sesión clave Martes 19 de agosto: El Concejo Municipal de Escazú discutirá nuevamente el tema tras recibir el dictamen de su Comisión Jurídica. Organizaciones como CODECE y vecinos llaman a llenar la sala para exigir que se respete la figura de la Comisión Especial y, con ella, la voz y voto de la comunidad en la planificación del territorio.

El pasado 12 de agosto, el Concejo Municipal de Escazú rechazó —por cinco votos contra dos— restituir la Comisión Especial del Plan Regulador, el mecanismo que permitía a personas y comunidades participar de manera directa en la definición del futuro territorial del cantón. Los dos votos a favor, emitidos por Mario Arce y Marcela Quesada, representan la posición minoritaria que defendió activamente la participación ciudadana frente a un Concejo mayoritariamente cerrado a la inclusión vecinal (Ricardo López, Laura Fonseca, Adriana Solís, José Tino Campos y Sigrid Miller). En su lugar, se mantiene la figura de una supuesta “Oficina del Plan Regulador” sin representación vecinal, lo que, en la práctica, reduce la participación ciudadana a una sola audiencia pública al final del proceso y a talleres sin carácter vinculante.

Esta decisión, lejos de ser un asunto meramente administrativo, refleja un modelo institucional donde la participación se concibe como un trámite formal, no como un ejercicio efectivo de incidencia.

¿Qué dice la legislación costarricense?

La Constitución Política (artículo 9) establece que Costa Rica es una república “popular, representativa y participativa”. Esto implica que el pueblo no solo elige representantes, sino que también tiene derecho a involucrarse directamente en la toma de decisiones públicas.

En materia urbanística, la Ley de Planificación Urbana (Ley 4240) es clara:

  • El Plan Regulador es el instrumento que orienta el desarrollo del territorio y define usos de suelo, zonas de protección y áreas de expansión.

  • La ley y su reglamento reconocen a las Comisiones Especiales del Plan Regulador como órganos que integran representación técnica y ciudadana, con voz y voto en todas las fases: diagnóstico, formulación, aplicación y revisión.

  • La participación no se limita a “opinar” en audiencias públicas; debe garantizarse en todo el ciclo de planificación.

Reducir la participación ciudadana a una única audiencia de consulta o a talleres recopilatorios —que, según la Ley de Planificación Urbana, no son vinculantes en cuanto a sus resultados— contradice el espíritu participativo de la norma y debilita el control ciudadano sobre decisiones que pueden modificar de forma significativa e irreversible el entorno ambiental, social y económico del territorio.

Consultar no es participar

Un error frecuente en la gestión pública es confundir consulta con participación.

  • Consultar es pedir opinión (a veces, tarde y sin consecuencias reales en la decisión).

  • Participar es tener espacios permanentes y con capacidad de incidencia en el diseño, ejecución y seguimiento de políticas y planes.

En los planes reguladores, la verdadera participación significa:

  • Acceso temprano a la información y a los estudios técnicos.

  • Derecho a proponer modificaciones y escenarios.

  • Poder de decisión en las comisiones mixtas donde se delibera el contenido del plan.

  • Seguimiento y evaluación de la aplicación de lo aprobado.

Cuando las comunidades son excluidas de las fases iniciales y solo se les convoca para validar (o no) un documento ya cerrado, la participación se convierte en un ejercicio simbólico.

Un retroceso democrático

En el fondo, la decisión del Concejo Municipal no es un hecho aislado: es un síntoma de una tendencia peligrosa en la gestión pública, donde se vacían de contenido los mecanismos de participación establecidos por la ley.

Al eliminar la Comisión Especial del Plan Regulador y delegar todo en una oficina técnica sin representación ciudadana:

  • Se concentra el poder en pocas manos, reduciendo el control social.

  • Se invisibiliza el conocimiento local que aportan comunidades, asociaciones y personas con experiencia directa sobre las necesidades y particularidades del territorio.

  • Se rompe la confianza institucional, pues la ciudadanía percibe que sus aportes no tienen valor real en las decisiones finales.

  • Se sienta un precedente que otros municipios podrían imitar, debilitando progresivamente la cultura democrática.

En términos políticos, se trata de una regresión: se pasa de un modelo de democracia participativa a uno meramente representativo y tecnocrático, donde las decisiones se toman puertas adentro, bajo la lógica de que “los expertos saben mejor”. Este enfoque no solo contradice el marco legal costarricense, sino que también erosiona la legitimidad de las políticas urbanas y abre la puerta a decisiones con sesgo político o económico.

Lo que está en juego

La manera en que se construye un plan regulador tiene efectos que duran décadas. No es un documento técnico más:

  • Define cómo y dónde se puede construir, qué áreas se protegen, dónde habrá comercio, industria o vivienda.

  • Determina el uso y la conservación de recursos naturales, incluyendo agua, suelos, bosques y zonas de riesgo.

  • Moldea la identidad cultural y paisajística del cantón, influenciando su atractivo, su calidad de vida y su cohesión social.

Cuando se excluye a la ciudadanía de estas decisiones, se corre el riesgo de:

  • Facilitar la especulación inmobiliaria y la urbanización descontrolada.

  • Desproteger áreas de alto valor ambiental o patrimonial por falta de presión comunitaria.

  • Aumentar conflictos socioambientales, ya que las decisiones se perciben como impuestas y no consensuadas.

  • Perder oportunidades de desarrollo inclusivo, porque se ignoran visiones, propuestas y necesidades que solo emergen del diálogo con quienes habitan el territorio.

En términos democráticos, lo que está en juego es el derecho de las comunidades a decidir sobre su propio futuro. Y en términos prácticos, lo que se arriesga es la sostenibilidad misma del territorio: un plan regulador sin participación activa puede ser funcional para intereses privados, pero es incapaz de garantizar un equilibrio entre desarrollo, justicia social y protección ambiental.

La pregunta clave es: ¿sirve para algo “consultar” si al final las decisiones ya están tomadas, o si las observaciones llegan demasiado tarde para incidir? La participación real demanda más que un espacio formal: exige reconocimiento, análisis y transformación de lo consultado en el contenido final del plan.

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Un apellido difícil, una causa clara: defender la vida en el Caribe Sur

“¿Y no será que en este mundo hay cada vez más gente y menos personas?”
 Mafalda – Quino

Las cosas suceden porque sí; sencillamente, tocaba. La ley de la inercia es difícil de evitar: si te tropiezas y no recuperás el equilibrio, terminás en el suelo. Así fue como conocí al protagonista de esta columna. Sin más, llegó. Resulta que un domingo nos encontramos por la inercia de la conflictividad socioambiental en Costa Rica. En el Caribe Sur le llaman tala y relleno de humedales. Así conocí a Philippe Vangoidsenhoven, precisamente mientras denunciaba daños ambientales en Playa Negra. Pero pronto entendí que su experiencia —tan complicada como pronunciar su apellido por primera vez— se extiende a todo el Caribe Sur..

Desde entonces, una pregunta me ha perseguido constantemente: ¿qué vive esta persona que parece tener dos vidas? Una dedicada a subsistir y arreglárselas como puede, y otra entregada, a capa y espada, a la defensa de los ecosistemas del Caribe Sur, incluso pagando de su propio bolsillo todo lo necesario para documentar y presentar las denuncias.

Nunca se lo he preguntado de forma tan directa, porque podría sonar entrometido. Al final de cuentas, solo soy uno más que llega desde la universidad pública a hacerle preguntas obvias, de esas que —no me cabe duda— debe estar cansado y harto, casi tanto como de la poco sana costumbre de ser demandado y tener que ir a Bribri un día sí y otro también.

Gracias a nuestras conversaciones y mensajes de WhatsApp, hoy puedo escribir este artículo y tratar de sanar esa curiosidad que aquí expongo: ¿cómo será un día en la vida de una persona defensora ambiental? Ojalá esta columna sirva también de guía para las personas universitarias, para que no repitan preguntas obvias.

Lo primero que uno suele preguntar es: ¿ya hizo la denuncia?, ¿llamó a la policía?, ¿reportó al MINAE? Craso error. Lo primero que viven estas personas es un laberinto colmado de obstáculos burocráticos y legales. Las autoridades muchas veces actúan con lentitud o desinterés ante sus denuncias, lo que impide frenar los daños a tiempo. En algunos casos, incluso se otorgan permisos irregulares para actividades que violan normativas ambientales.

Pero supongamos que no puede haber una pared tan alta. Pues sí la hay. Muchas de estas actividades representan intereses muy fuertes. Y aquí viene la segunda cuestión: no basta con un aparato indiferente, sino que también sufren persecución por parte de intereses económicos que buscan garantizar sus ganancias a toda costa.

Es algo “normal” que incomoden. Por eso se exponen a que tanto el Estado como esos intereses promuevan su criminalización y estigmatización. Es frecuente ver sus imágenes en redes sociales como si fueran los incómodos del barrio, enemigos públicos o personas no gratas por negarse a un supuesto “desarrollo”. Esto escala, porque el Estado alimenta esa narrativa, dando cabida a demandas que buscan desestimular, desacreditar o silenciar su labor.

¿Cómo les silencian? Hasta es insulto la pregunta. A Philippe lo han amenazado en la puerta de su negocio, le han matado a sus perros, le han roto el parabrisas, le han lanzado el celular al otro lado del humedal, le han quebrado un dedo y golpeado la cabeza.

Tal vez se pregunten a esta altura: ¿cómo permite Dios tal injusticia? La respuesta es tan simple como triste: hay una ausencia de garantías de protección para las personas defensoras del ambiente. En todo ese entramado legal, no existen mecanismos eficaces ni sostenidos de protección institucional. Es decir, su figura no está contemplada: se les trata como a cualquier otra persona, sin considerar los riesgos de esta labor.

Y cuando creemos que no puede ser peor, surge otra pregunta que deberíamos haber hecho desde el inicio: ¿Estás bien? ¿Te sentís bien? Porque esa simple pregunta puede marcar la diferencia. Estas personas están en un riesgo físico y emocional constante. Todo lo anterior —agresiones, amenazas, hostigamiento— las expone a un peligro real para su integridad.

Así que, cuando escuchemos o leamos la palabra “defensores ambientales”, acerquémonos desde sus experiencias, valoremos sus saberes y prácticas. Y, lo más importante, antes de cualquier cosa, preguntemos siempre: ¿cómo estás?

Observatorio de Bienes Comunes

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CODECE, colectivos y personas vecinas de Escazú defiende la participación ciudadana en el Plan Regulador

El martes 12 de agosto, el Concejo Municipal de Escazú celebró una sesión que evidenció la participación activa y la inconformidad de la ciudadanía en asuntos locales. Vecinos, organizaciones comunitarias y la Asociación para la Conservación y Desarrollo Sostenible de los Cerros de Escazú (CODECE) acudieron para exigir la restitución de la Comisión Especial del Plan Regulador. Esta comisión, que permite la representación vecinal en la planificación urbana, habría sido desactivada mediante un acuerdo aprobado el 29 de julio, según denuncian los ciudadanos.

Durante la sesión, la moción presentada por la ciudadanía para restablecer la comisión fue sometida a votación. El resultado fue de 2 votos a favor y 5 en contra, por lo que la propuesta no avanzó.
Votaron en contra: Ricardo López, Laura Fonseca, Adriana Solís, José Tino Campos y Sigrid Miller. Votaron a favor: Mario Arce y Marcela Quesada.

La inconformidad de los vecinos y organizaciones refleja que la situación no ha concluido: la defensa de la participación ciudadana en la planificación urbana de Escazú continúa, subrayando la relevancia de la vigilancia comunitaria en la toma de decisiones municipales y en la construcción de un desarrollo sostenible y participativo.

El origen del conflicto

En la sesión del 29 de julio (Acuerdo AC-314-2025), cinco regidores aprobaron revocar acuerdos previos que conformaban la Comisión Especial del Plan Regulador, trasladando sus funciones a una oficina técnica municipal. Esto, afirman las organizaciones, reduce la participación ciudadana a una sola audiencia pública al final del proceso, sin carácter vinculante.

CODECE y colectivos locales recuerdan que entre 2020 y 2022, bajo un esquema similar, se realizaron modificaciones parciales al plan regulador que ampliaron zonas comerciales sin un debate comunitario amplio, ignorando en su mayoría las observaciones vecinales.

Lo que sucedió el 12 de agosto

Durante la sesión, se presentó formalmente una moción para revocar parcialmente el acuerdo AC-314-2025 y reactivar el proceso de conformación de la Comisión Especial, respaldándose en la Ley de Planificación Urbana, el Reglamento interno vigente y acuerdos municipales anteriores que mantienen vigente la figura de la Comisión.
Esta moción subraya que:

  • No existe actualmente una “Oficina del Plan Regulador” en la estructura administrativa municipal.
  • La Comisión Especial es el mecanismo legal y democrático para garantizar participación desde todas las fases del proceso (diagnóstico, escenarios, formulación, aplicación).
  • Las audiencias públicas por sí solas no aseguran una participación efectiva.

Un sentir compartido

Personas vecinas, mostraron su decepción ante lo que consideran un Concejo “cerrado” y “desconectado de la ciudadanía”, advirtiendo que se recordará qué partidos “están de espaldas a la comunidad”.

Recuerdan también que la votación del 29 de julio tuvo un trasfondo político más que técnico, y que las justificaciones dadas por quienes apoyaron el cambio fueron insuficientes.

¿Qué dicen los documentos presentados al Concejo?

Durante la sesión del 12 de agosto, vecinos y organizaciones sociales entregaron al Concejo Municipal dos textos clave: una carta de preocupación y una moción formal para restituir la Comisión Especial del Plan Regulador.

En la carta, las organizaciones recuerdan que:

  • La Comisión Especial ya había sido convocada en octubre de 2024 para incluir representantes comunitarios elegidos en asambleas distritales.
  • En enero de 2025 se inició un proceso para revisar su reglamento, pero este quedó inconcluso.
  • El 29 de julio de 2025, el Concejo revocó la conformación de la Comisión y trasladó la responsabilidad a una supuesta “Oficina del Plan Regulador” que, en realidad, no existe dentro de la estructura municipal.
  • Este cambio reduce la participación a audiencias públicas no vinculantes, lo que contradice el derecho constitucional a una democracia participativa.

La moción presentada ese día solicita:

  1. Revocar parcialmente el acuerdo AC-314-2025 para restituir la Comisión Especial.
  2. Retomar el proceso de conformación con representantes de los distritos, regidores y personal técnico, conforme al reglamento vigente y acuerdos anteriores (218-03 de 2003 y AC-374-2024).
  3. Posponer cualquier reforma al reglamento hasta que la Comisión esté instalada, para que sea parte activa de su propia actualización.

El documento también expone que, según la Ley de Planificación Urbana, la Comisión es el órgano legalmente habilitado para participar en todas las fases de elaboración, modificación y aplicación del plan regulador, garantizando así transparencia y control ciudadano.

En resumen, los papeles entregados no solo cuestionan la legalidad y pertinencia del acuerdo de julio, sino que también proponen un camino concreto para restaurar la participación real y efectiva en la planificación territorial del cantón.

Una señal de institucionalidad distante

La decisión de postergar la reinstalación de la Comisión Especial del Plan Regulador —remitiendo la moción a la Comisión Jurídica en lugar de resolverla de inmediato— es interpretada por muchos como un reflejo de una institucionalidad que se aleja de la ciudadanía.

En la práctica, esta demora prolonga un estado en el que las comunidades permanecen sin un canal formal de incidencia directa en las decisiones sobre el territorio. Mientras tanto, el control y la definición de cambios al plan regulador recaen exclusivamente en instancias internas del gobierno local, sin representación electa por distrito.

Esta dinámica erosiona la confianza pública: las personas perciben que los mecanismos de participación, aunque reconocidos en la ley, se vuelven meramente decorativos cuando no se activan en los momentos cruciales. Además, envía un mensaje preocupante: que la planificación del territorio puede avanzar sin un diálogo continuo con quienes lo habitan y cuidan.

En un contexto donde la Constitución reconoce el gobierno como “popular, representativo y participativo” (artículo 9), cada aplazamiento sin justificación suficiente debilita el principio de corresponsabilidad entre ciudadanía e instituciones, y alimenta la sensación de que las decisiones responden más a lógicas internas o intereses particulares que al interés general.

Lo que sigue

La moción presentada el 12 de agosto fue enviada a la Comisión Jurídica del Concejo, que deberá emitir un criterio legal. Este dictamen regresará al plenario municipal el próximo martes, donde se decidirá si se restablece la Comisión Especial o se mantiene el modelo de oficina técnica.

Las organizaciones llaman a llenar el Concejo nuevamente en esa sesión, advirtiendo que solo con presión ciudadana se podrá revertir una decisión que, a su juicio, limita la transparencia y abre la puerta a intereses particulares sobre el bienestar colectivo.

Cobertura por parte de Mundo Escazú

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Reincidencia y ausencia de sanciones efectivas en daños ambientales en Puerto Viejo

En el último monitoreo, Philippe Vangoidsenhoven, vecino y denunciante constante de daños ambientales en la zona de Puerto Viejo, reportó nuevamente el ingreso de maquinaria y material de lastre a un sitio con sellos de clausura por parte del MINAE y la Municipalidad, ubicado en las cercanías de Punta Uva, Regama Refugio de Vida Silvestre.

A pesar de que en el pasado se han realizado decomisos de motosierras, detenciones e intervenciones de las autoridades a raíz de sus denuncias, las actividades de relleno y construcción en zonas protegidas continúan.

Según relató Philippe, esta mañana se observó el ingreso de vagonetas cargadas con material, así como trabajadores listos para iniciar labores, el bosque que amenaza es Refugio de Vida Silvestre. El testigo indicó que, aunque en ocasiones anteriores la Policía y la Fiscalía Ambiental han detenido las obras, estas se reanudan días o semanas después, sin que los propietarios enfrenten consecuencias proporcionales al daño causado.

En uno de los episodios recientes, Philippe denunció la presencia de chapeadores trabajando en el lugar. Al ser abordados por la Policía, los trabajadores aseguraron que los galones con líquido que portaban eran “agua para tomar”, aunque posteriormente se comprobó que se trataba de agua para bombas de fumigación con veneno. En otra ocasión, las autoridades llegaron a detener a nueve personas, pero la obra volvió a reanudarse poco después, el área dónde sucedió esto es Patrimonio Natural del Estado.

“No hay un verdadero castigo. Los dueños no los tocan, y contratan personas migrantes o en condición vulnerable para que hagan el trabajo, sabiendo que el impacto para ellos será mínimo”, advirtió Philippe.

En varios de los casos documentados, los sitios afectados corresponden a humedales y terrenos que históricamente tuvieron cobertura boscosa, ahora rellenados y nivelados para usos turísticos o comerciales. A pesar de las denuncias formales y de la inscripción de algunos de estos terrenos como patrimonio natural, Philippe señala que la protección en el papel no se traduce en acciones efectivas en el territorio. Las intervenciones ilegales avanzan, y con ellas se erosiona no solo el valor ambiental, sino también la credibilidad de la institucionalidad y el derecho colectivo a vivir en un ambiente sano.

De bodega a parqueo

Philippe identificó una acumulación de material para relleno en un sector de Playa Negra, Puerto Viejo, antes de la entrada principal y cerca del punto de referencia conocido como “Flor de China”. Según lo documentado, en este sitio se levantó originalmente un edificio de forma totalmente ilegal, destinado inicialmente a guardar materiales de la proyectada Marina —en la orilla del río y a menos de 50 metros de la zona de protección costera—. Con el paso del tiempo, y pese a la ilegalidad de su construcción, el inmueble fue utilizado para abrir un bar, luego un restaurante, y actualmente funciona un negocio de venta de artículos.

De acuerdo con los testimonios y el seguimiento de Philippe, el terreno adyacente a este edificio —donde hoy se observa zacate cortado— fue intervenido con rellenos que modificaron el humedal. El punto marcado como “número 1” en los mapas corresponde a este edificio y sus alrededores, caso que fue denunciado ante la Fiscalía. Pese a ello, se continuaron trabajos de reconstrucción y nuevas intervenciones.

En el punto identificado como “número 3”, se detecta actualmente material listo para rellenar un área húmeda que, según imágenes de 2004, estaba cubierta por árboles antes de ser talada con maquinaria pesada. Esta tala y relleno también fueron denunciados, y en la zona incluso se colocó recientemente un rótulo que la declara Patrimonio Natural del Estado, condición que no ha frenado las actividades de chapia y relleno.

Se advierte por parte de Philippe que estas acciones podrían constituir un delito ambiental grave, ya que se desarrollan en un sitio protegido y dentro de la franja de 50 metros de zona pública costera. La preocupación aumenta porque el material de relleno continúa en el lugar, y existe el temor de que se utilice en cualquier momento. Esto hace que se mantenga la vigilancia activa, pues la mejor oportunidad para detener un daño ambiental es intervenir en el momento mismo en que ocurre.

A pesar de que la Ley de Zona Marítimo Terrestre y la normativa sobre humedales establecen con claridad la prohibición de estas obras, las autoridades locales y otras instancias responsables han mostrado poca disposición para actuar de forma inmediata. Los procesos judiciales avanzan lentamente —incluso cuando se ha reconocido que las construcciones deben demolerse— y mientras tanto, las intervenciones ilegales continúan afectando ecosistemas frágiles y bienes de dominio público.

2004
2013
2023

Otro caso: tala y daño en zona de quebrada protegida

En el mismo fin de semana, Philippe documentó un segundo hecho, esta vez a escasos 300 metros de su propiedad. El terreno afectado forma parte de una finca de aproximadamente 200 hectáreas, de las cuales 120 se mantenían bajo conservación desde hace más de 20 años y 80 se destinaban originalmente a actividades ganaderas.

Según relató, la historia de esta finca se remonta a más de tres décadas, cuando el propietario de entonces —hoy fallecido— obtuvo un permiso para extraer hasta 600 árboles. Aunque la autorización era amplia, solo se talaron 300, y el dueño decidió dejar el resto de la finca bajo conservación voluntaria. Esta persona mantuvo la protección de la zona hasta su muerte.

Con el tiempo, familiares comenzaron a vender y fraccionar las parcelas destinadas a la ganadería. En la zona colindante con una quebrada protegida, se observó recientemente chapia y remoción de vegetación, lo que viola la franja de protección de 15 metros a cada lado establecida por la legislación costarricense. “Jamás pueden tocarlo, y aun así lo hicieron”, señaló Philippe.

A pesar de presentar la denuncia, se mantiene el escepticismo sobre el desenlace. Advierte que es posible que parte de la intervención esté dentro del área de conservación, lo que podría agravar la situación legal. Posiblemente estos trabajos estén vinculados a la apertura de un pozo de agua, probablemente lo más cercano posible a la quebrada.

No hay mucho avance

Para Philippe independientemente del caso “nada va a pasar, porque no hay un castigo verdadero que enseñe que esto no se puede hacer”, lamentó. En su experiencia, el patrón se repite: se detiene o sanciona a los trabajadores contratados para ejecutar las labores, mientras que los propietarios —quienes toman las decisiones y se benefician de las intervenciones— permanecen al margen de las sanciones. En estos casos, incluso, sucede que los peones habrían evitado dar el nombre de sus empleadores para protegerlos, lo que complica la aplicación de la ley.

La urgencia de la acción institucional y el valor del monitoreo comunitario

Los casos relatados por Philippe exponen una problemática grave: la falta de respuesta pronta, firme y consistente por parte de las instituciones encargadas de la protección ambiental. Cada demora, omisión o acción incompleta abre la puerta para que las actividades ilegales se retomen, debilitando la efectividad de la legislación y enviando un mensaje de impunidad.

Esta inconsistencia no solo erosiona la protección de ecosistemas frágiles como humedales y quebradas, sino que también socava la confianza ciudadana en la institucionalidad ambiental. Frente a esta debilidad, el monitoreo comunitario se ha convertido en la última línea de defensa. Personas como Philippe, que observan, documentan y denuncian, cumplen un rol fundamental para visibilizar las agresiones al territorio y mantener viva la exigencia de que se actúe.

Sin embargo, el esfuerzo ciudadano no puede sustituir la responsabilidad del Estado. La protección efectiva del patrimonio natural requiere que las instituciones actúen de forma pronta, coordinada y sin dejar espacios para la reincidencia, garantizando así que la ley cumpla su propósito: proteger la vida y el ambiente para las generaciones presentes y futuras.

Tala ilegal y ausencia de restauración

Philippe enfatiza que uno de los problemas más graves en la protección ambiental de la zona es la falta de medidas para restaurar lo que se destruye. Cuando un árbol es talado ilegalmente —ya sea empujado con maquinaria pesada o cortado—, el procedimiento habitual se limita a imponer una multa y abrir un proceso judicial. Sin embargo, en ningún momento se exige al responsable reponer el árbol o implementar acciones de restauración equivalentes. Esta omisión, señala, es aprovechada por quienes intervienen ilegalmente el territorio: pagan una sanción y el daño queda sin reparación.

Ejemplos recientes en el Refugio de Vida Silvestre Gandoca-Manzanillo muestran la gravedad de este vacío. En un caso, nueve personas fueron arrestadas por talar varios árboles en un área protegida; pese a la intervención, el terreno fue rápidamente ocupado por construcciones, incluso con casas y piscinas. Lo que antes era bosque, ahora es infraestructura privada.

Philippe recuerda que la pérdida de un árbol adulto implica mucho más que la ausencia física: son décadas o siglos de crecimiento, producción de oxígeno, regulación hídrica, protección del suelo y hábitat para fauna que no pueden recuperarse plantando una plántula de pocos meses. Incluso en escenarios donde se reforesta, la función ecológica de un árbol centenario no puede reemplazarse en el corto plazo.

Esta situación refleja un problema estructural: sin una obligación efectiva de restaurar los ecosistemas, las sanciones pierden fuerza como medida disuasoria y se abre la puerta para que la degradación avance, incluso en áreas legalmente protegidas.

Nota: Las fotografías  incluidos en esta publicación son de carácter ilustrativo y tienen como único propósito reflejar la gravedad de la situación descrita. No deben interpretarse como evidencia directa contra personas específicas ni como señalamiento individual.

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Desalojo en Playa Avellanas: desigualdades socioambientales, prejuicios y aplicación selectiva de la ley

El 11 de agosto de 2025, la Municipalidad de Santa Cruz demolió cinco estructuras ubicadas en la zona pública de la Zona Marítimo Terrestre (ZMT) en Playa Avellanas, Guanacaste. El alcalde Jorge Alfaro sostuvo que el operativo respondía al cumplimiento de una sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo (resolución N.° 2023005443, 2023) que ordenaba el retiro de construcciones irregulares en el área, y negó que hubiera motivaciones comerciales.

Sin embargo, en sus declaraciones oficiales —difundidas en redes municipales y recogidas por Teletica.com (Pacheco, 2025) y GuanaNoticias — Alfaro calificó las viviendas como “tugurios” y afirmó que “prácticamente no existen pobladores”, afirmaciones que han sido señaladas como prejuiciosas y estigmatizantes hacia las familias afectadas.

La voz de la comunidad presenta otra realidad. En un testimonio publicado por el medio local Guanacaste Primero, Otto Vargas Murillo afirma que su familia vive en el lugar desde hace más de 35 años y que la propiedad fue adquirida por su abuela hace más de 70. Además, denuncia que su padre solicitó la concesión de poblador sin obtener respuesta: “Si nos van a sacar a nosotros, que saquen a todos. Nosotros tenemos más derecho que cualquiera”.

En redes sociales, vecinos y ciudadanos reclaman que hoteles y comercios establecidos en la misma ZMT continúan operando sin recibir el mismo trato. El alcalde respondió que algunos de estos negocios cuentan con concesiones municipales o privadas, y que la municipalidad “no puede actuar” en esos casos.

Desigualdades socioambientales: qué son y cómo se reflejan en Avellanas

Las desigualdades socioambientales son las diferencias sistemáticas en el acceso, uso y control de los recursos naturales y territorios, así como en la exposición a riesgos y sanciones ambientales, que afectan de forma desproporcionada a ciertos grupos sociales. Estas diferencias suelen estar atravesadas por factores como la clase social, el origen étnico, el género y el lugar de residencia.

En Playa Avellanas, se evidencian de forma concreta:

  • Aplicación diferenciada de la ley: las familias costeras con menos recursos enfrentan desalojos rápidos y contundentes, mientras que comercios con respaldo económico y legal mantienen su presencia en la ZMT.
  • Procesos administrativos desiguales: solicitudes de concesión de pobladores, como la de la familia Vargas, permanecen sin respuesta, mientras que otras se tramitan con rapidez para emprendimientos turísticos.
  • Acceso al litoral: aunque se argumenta el “cumplimiento de la ley”, las medidas afectan más a quienes habitan el territorio que a quienes lo explotan comercialmente.

Estos patrones no son excepcionales: forman parte de un modelo de gestión del litoral costarricense en el que la presión sobre los sectores más vulnerables es mayor y donde la ley no se aplica con el mismo rigor para todos los ocupantes ilegales.

El peso del discurso y los prejuicios en la gestión del territorio

El caso de Avellanas revela cómo los discursos oficiales pueden reforzar desigualdades. Calificar las viviendas como “tugurios” y negar la existencia de pobladores deshumaniza a las familias afectadas y legitima socialmente su desalojo.

Estos discursos no son neutros: reproducen imaginarios discriminatorios que asocian a ciertos sectores sociales con desorden, ilegalidad o deterioro ambiental, mientras que minimizan o invisibilizan el impacto de emprendimientos turísticos en la misma zona.

Cuando la aplicación de la ley se apoya en prejuicios y no en criterios técnicos uniformes, se perpetúan las desigualdades socioambientales. Así, lo que se presenta como “cumplimiento de una sentencia” termina siendo también una manifestación de quién es visto como poblador legítimo y quién es tratado como usurpador, según relaciones de poder y percepciones sociales más que por un análisis objetivo de derechos.

Racismo ambiental y estereotipos en la institucionalidad pública

El concepto de racismo ambiental se refiere a la distribución desigual de impactos ambientales negativos —como la contaminación, el despojo territorial o la privación del acceso a recursos naturales— que recae de manera sistemática sobre comunidades históricamente marginadas por su origen étnico, condición socioeconómica o ubicación geográfica. En el contexto costarricense, estas prácticas no siempre se presentan de forma explícita, pero se expresan en decisiones y discursos que privilegian ciertos sectores sobre otros.

En Playa Avellanas, el racismo ambiental se evidencia en varios planos:

  • Lenguaje despectivo hacia las viviendas y pobladores, al llamarlas “tugurios” y negar su condición de habitantes históricos, invisibilizando así sus vínculos comunitarios y culturales con el territorio.
  • Estereotipación de sectores costeros populares como “usurpadores”, mientras que se reconoce como legítima la presencia de emprendimientos turísticos o propiedades privadas con mayor capital económico.
  • Jerarquización implícita del valor del territorio, donde la permanencia de familias de larga data se considera menos importante que el potencial económico de la zona para actividades turísticas de alto perfil.

Este patrón configura una institucionalidad pública que reproduce desigualdades históricas y refuerza relaciones de poder asimétricas: se fiscaliza con severidad a poblaciones costeras de bajos ingresos, mientras que se flexibilizan controles o se interpretan las leyes de forma más favorable para proyectos con mayor respaldo político o económico.

El racismo ambiental, en este sentido, no es únicamente un problema de injusticia ambiental, sino también de quién es reconocido como sujeto de derecho y quién es reducido a un “obstáculo” para el desarrollo, según narrativas oficiales que se alimentan de estereotipos y prejuicios.

Referencias

Guanacaste Primero. (2025, 11 de agosto). Testimonio de desalojo. [Publicación en Facebook] Recuperado de: https://www.facebook.com/watch/?v=1313099523776873.

GuanaNoticias. (2025, 11 de agosto). Si se pueden llamar casas, son tugurios: alcalde de Santa Cruz justifica demoliciones en Avellanas. [Publicación en Facebook] Recuperado de https://www.facebook.com/GuanaNoticiasLtda/videos/3337232806458567?locale=es_LA.

Teletica. (2025, 11 de agosto). Municipalidad de Santa Cruz desaloja y destruye construcciones en playa Avellanas. https://www.teletica.com/nacional/municipalidad-de-santa-cruz-desaloja-y-destruye-construcciones-en-playa-avellanas_390280

*Foto de cabecera extracto de video publicado en Teletica.com

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Conversatorio en Talamanca: Mecanismos de compensación de emisiones de carbono bajo la lupa comunitaria

En el marco del trabajo del TCU 590 del Programa Kioscos Socioambientales de la UCR, se realizó un conversatorio a petición de la comunidad Alto Coén, para conocer el contenido aprobado en el Plan Ambiental Forestal Territorial (PAFT) y el Contrato de Reducción de Emisiones Forestales (CREF) por la Asociación de Territorio Cabécar de Talamanca (ADITICA).

El encuentro, reunió a personas líderes, mayores y vecinas de Alto Coen, Barrio Escalante y personas interesadas de territorio bribri, para desmenuzar en colectivo, los aspectos técnicos, legales y culturales de estos instrumentos, así como sus impactos en la autonomía comunitaria.

El PAFT y el CREF: qué son y cómo operan

El PAFT es un plan que cada territorio indígena debe elaborar para acceder a fondos internacionales destinados a la conservación de bosques. En estos planes las comunidades indígenas deben decidir cómo se van a utilizar los fondos que provienen de REDD+. Sin una PAFT no es posible acceder a un CREF.

El CREF es el contrato mediante el cual se formaliza la venta de “servicios ambientales” —como la captura de carbono— a terceros, a cambio de financiamiento condicionado. En Costa Rica, el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), adscrito al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), es la institución encargada de administrar estos contratos y canalizar los recursos.

Las cláusulas del CREF incluyen restricciones estrictas sobre el uso del bosque y obligan a las comunidades a vigilar, denunciar y sancionar cualquier actividad que contravenga los servicios ambientales de los bosques en contrato (Cláusula Sexta de LM-01-50-0705-2023, LM-01-50-0975-2023 y LM-01-50-0976-2023).

La elaboración de los PAFT se origina en la Estrategia Nacional REDD+, y busca atender 5 temas especiales que fueron decididos en una “consulta indígena nacional” realizada entre el 2011 y el 2015.

Sin embargo, en el conversatorio integrantes de las comunidades indígenas cuestionaron que la participación en la consulta nacional fue limitada, y que en la elaboración del PAFT aprobado, se repitió un patrón similar, lo que restringió la capacidad de las comunidades para decidir qué proyectos implementar y cómo hacerlo.

Actores y responsabilidades

En la discusión se hizo hincapié en que el Ministerio de Ambinete y Energía (MINAE), como autoridad ambiental nacional, tiene la responsabilidad de garantizar que cualquier plan o contrato que afecte territorios indígenas se elabore en cumplimiento de derechos como la consulta previa, libre e informada, reconocida en el Convenio 169 de la OIT.

El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (FONAFIFO), por su parte, no solo administra los pagos y contratos, sino que también negocia con instituciones internacionales y define procedimientos que inciden directamente en la vida comunitaria.

El Banco Mundial y el Fondo Verde del Clima, son en el caso de los CREF firmados, los principales agentes financiadores y deben asegurar que los fondos destinados se utilizan para los objetivos planteados.

Condiciones externas y autonomía interna

Las y los participantes señalaron que estos instrumentos responden a una lógica global: países y empresas que contaminan pagan para que otros —en este caso, territorios con bosques— compensen sus emisiones.

El financiamiento se presenta como incentivo para la conservación, pero trae consigo condiciones: prohibición de usos tradicionales (cacería, agricultura, ganadería, aprovechamiento de madera), vigilancia constante y administración centralizada de los recursos.

Esto, en la práctica, significa que los pueblos indígenas pueden perder control sobre sus territorios y sobre sus formas históricas de manejo, incluso sin vender la tierra formalmente.

La consulta previa: obligación legal, reto político

La consulta previa es un derecho reconocido por el Convenio 169 de la OIT, que establece que cualquier medida que afecte a los pueblos indígenas debe contar con su consentimiento informado.

En el caso del PAFT y el CREF, varias voces denunciaron que el proceso fue incompleto, sin acceso a información clara, con participación reducida y en algunos casos, sin la traducción ni contextualización necesarias para que las comunidades comprendieran plenamente las implicaciones de lo que se aprobaba.

Esta ausencia de consulta real ha derivado en conflictos internos, pérdida de confianza hacia las asociaciones que firmaron los contratos y tensiones entre comunidades y autoridades estatales.

La importancia de un posicionamiento propio

Un eje central del conversatorio fue la necesidad de que los pueblos indígenas definan su propio posicionamiento frente a estos mecanismos.
Esto implica:

  • Elaborar planes e instrumentos propios que partan de las formas de uso y manejo tradicional del bosque.

  • Establecer condiciones claras para cualquier acuerdo, priorizando el beneficio directo a la comunidad y no solo a estructuras administrativas.

  • Garantizar que las consultas no sean meros trámites, sino procesos de diálogo culturalmente pertinentes, con tiempo, traducción y transparencia.

La experiencia ancestral de los pueblos bribris y cabécares en la gestión de sus territorios demuestra que existen formas efectivas de conservación que no requieren la imposición de marcos externos ajenos a la cosmovisión indígena.

Más que conservación: un debate sobre soberanía

Más allá de la retórica ambiental, el PAFT y el CREF plantean un debate de fondo:
¿Quién decide sobre el uso del territorio indígena? ¿Quién se beneficia de los contratos de carbono? ¿Cómo se equilibran las obligaciones globales de conservación con el derecho a la autodeterminación?

Las personas participantes coincidieron en que, sin una base sólida de información y organización comunitaria, estos instrumentos corren el riesgo de convertirse en una nueva forma de despojo, donde se restringen prácticas culturales y se concentra el control en actores externos.

Asociaciones de desarrollo indígena: su lugar en la negociación y la información

El conversatorio también abrió una reflexión sobre el papel de las Asociaciones de Desarrollo Indígena como entidades firmantes y administradoras de estos contratos.
Se cuestionó su legitimidad cuando no existe un mandato claro de la comunidad para negociar, así como su capacidad —o voluntad— para informar de manera completa y transparente sobre los alcances y condiciones de los acuerdos.
La opacidad en la gestión de la información y la centralización de decisiones en pocas manos alimenta tensiones internas y debilita la capacidad de los pueblos para defender colectivamente sus derechos territoriales.
Se planteó la urgencia de democratizar los mecanismos de información y asegurar que toda negociación sea precedida por procesos amplios de socialización y debate comunitario.

Falsas soluciones climáticas y mercantilización de la naturaleza

Finalmente, las y los participantes advirtieron que instrumentos como el PAFT y el CREF forman parte de lo que se conoce como falsas soluciones climáticas:

  • Permiten que los sectores más contaminantes evadan sus responsabilidades reales, comprando “compensaciones” en lugar de reducir sus emisiones.

  • Trasladan los costos y riesgos a las comunidades, que pueden enfrentar sanciones y demandas si se incumplen las cláusulas contractuales.

  • Promueven la mercantilización de la naturaleza, reduciendo bosques y territorios a “servicios ambientales” con valor monetario, desconectados de sus significados culturales, espirituales y comunitarios.

Esta lógica choca con las formas y modos de vida ancestrales, donde la relación con la naturaleza no se basa en propiedad privada ni en transacciones comerciales, sino en vínculos de reciprocidad, cuidado y equilibrio.

Para muchas personas presentes, aceptar estos mecanismos sin cuestionarlos es abrir la puerta a una progresiva pérdida de control sobre el territorio y a la subordinación de las prácticas culturales a reglas impuestas desde fuera.

Puntos críticos sobre el PAFT y el CREF en territorios indígenas

Consulta previa deficiente

Procesos incompletos, con baja participación y poca información.

Falta de traducción y contextualización cultural.

Decisiones tomadas por grupos reducidos, sin mandato pleno comunitario.

Restricciones al uso tradicional del bosque

Prohibición de cacería, agricultura, ganadería y aprovechamiento de madera en zonas bajo contrato.

Obligación de denunciar a miembros de la comunidad que incumplan las cláusulas.

Riesgo de criminalizar prácticas culturales ancestrales.

Concentración de la administración de recursos

Un alto porcentaje de los fondos se destina a gastos operativos de asociaciones y no directamente a proyectos comunitarios.

Poca transparencia en la distribución y uso de los recursos.

Condiciones externas que limitan la autonomía

Financiamiento condicionado por Banco Mundial, y otros, con prioridades predefinidas.

FONAFIFO y MINAE como ejecutores nacionales que no garantizan procesos plenamente participativos.

Posible subordinación de la gestión territorial a estándares externos.

Ausencia de instrumentos propios

Falta de planes elaborados desde las formas de manejo tradicional indígena.

Necesidad de posicionamiento político propio que defina condiciones, prioridades y mecanismos de control.

Riesgo de despojo indirecto

Aunque no se vende la tierra, se restringe su uso y se transfieren derechos sobre servicios ambientales.

Posibilidad de pérdida de control territorial a largo plazo.

Galería del evento
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El lugar de ningún lugar: C**** R*** la tierra donde nunca pasa nada (aunque pase todo)

“No hables de C**** R***. Mejor no digas su nombre. Mejor ni pienses en ella. Ya es el lugar de ningún lugar.”

Así podría empezar un cuento absurdo, pero no: es la radiografía irónica y dolorosa de una realidad que se cuela entre la tinta oficial y las sombras del poder.

Cuando el nombre se vuelve peligroso

Dentro de poco, los y las habitantes de ese país que alguna vez fue sinónimo de biodiversidad, paz y “pura vida” podrían tener que reemplazar su propia geografía con un eufemismo: el lugar de ningún lugar. ¿Por qué? Porque hablar con claridad podría traer consecuencias judiciales, económicas y sociales.

En el lugar de ningún lugar:

 

  1. Las denuncias por daño ambiental no solo se ignoran, sino que se castigan con embargos preventivos y demandas que no buscan justicia, sino silencio.
  2. Los activistas, periodistas y comunicadores que se atreven a sacar a la luz hechos incómodos terminan, más que en tribunales, en el limbo del miedo, con sus cuentas congeladas y sus voces apagadas.
  3. Las empresas poderosas no necesitan responder a preguntas incómodas, sino que pueden ordenar “embargos preventivos” como si fueran actos mágicos para borrar críticas.

Lo que nunca pasó, pero pasa todos los días

En este peculiar lugar de ningún lugar:

  • Los bosques protegidos no se destruyen, solo “se reconfiguran de forma temporal”.

  • Los humedales que desaparecen no son rellenados, simplemente “evolucionan” en dirección al progreso.

  • Los cauces de los ríos que cambian de curso son “movimientos naturales acelerados”.

  • Los megaproyectos turísticos que ocupan fincas públicas y alteran ecosistemas no generan debate ni críticas, porque estas se “gestionan” con un elegante silencio legal.

Y quien ose hablar de esto, simplemente “nunca habló”.

SLAPP, o cómo convertir la libertad de expresión en un riesgo económico

El uso estratégico de demandas para silenciar la participación pública, conocido internacionalmente como SLAPP (Strategic Lawsuits Against Public Participation), es la nueva herramienta del lugar de ningún lugar.

No se trata de defender la verdad, sino de defender la impunidad con costos legales prohibitivos. Se busca que quien denuncia termine emocional, social y económicamente exhausto. Que la participación pública se convierta en un lujo con precio.

Mientras tanto, las instituciones miran para otro lado, o promueven discursos que desprecian acuerdos internacionales como el de Escazú, el único marco regional que podría proteger a las personas defensoras ambientales.

El precio del silencio: miedo, aislamiento y desgaste

La violencia no solo es judicial. En el lugar de ningún lugar, la violencia también es psicológica, social y física: amenazas, vigilancia, campañas de desprestigio y aislamiento son la rutina para quienes defienden el agua, los bosques y la vida.

Cada denuncia silenciada no es solo un daño a la persona denunciante, sino una herida en el tejido social y ambiental. El miedo se expande, las comunidades se retraen, y la impunidad crece como hiedra venenosa.

¿Qué país es este? ¿Qué país queremos?

¿Un lugar donde denunciar es un acto de valentía extrema?
¿Un territorio donde la protección ambiental se limita a discursos de campaña?
¿Un espacio donde la democracia ambiental solo existe en documentos olvidados?

Este lugar de ningún lugar, que cada vez parece más real, nos desafía a preguntarnos qué estamos dispuestos a tolerar.

¿La solución? No pronunciar el nombre

Quizá, en un giro irónico definitivo, la mejor recomendación para quienes viven ahí sea no pronunciar su propio nombre. Para no atraer demandas. Para no tener que justificar con pruebas lo que ya es “lo que nunca pasó”.

Pero si no hablamos, si callamos, ¿qué queda?

Queda la destrucción, la pérdida, el vacío.
Queda la tristeza de saber que el miedo puede más que la justicia.
Queda la paradoja de un país que fue ejemplo ambiental y hoy se convierte en el lugar de ningún lugar.

Porque en el lugar de ningún lugar, el silencio no es paz, es complicidad. Y quien calla, a veces, ayuda a que todo pase.

La última frontera que no debería ser una batalla solitaria

Todo lo que hemos narrado —este juego absurdo de silencios, demandas y embargos— es posible porque la institucionalidad que debería protegernos ha decidido mirar hacia otro lado.

Un Estado que no cumple con sus obligaciones de vigilancia y monitoreo, que no hace valer sus propias leyes ni garantiza la justicia ambiental, termina dejando en manos de las comunidades la defensa del territorio como última frontera.

Y esas comunidades, que ya desde hace años viven entre el amedrentamiento y la criminalización, no deberían cargar solas con el peso de proteger lo que es de todos.

Cuando el Estado se ausenta, no solo se pierde la protección de los bienes comunes, se pierde también la confianza en la democracia y en un sistema que dice garantizar derechos, pero no los defiende.

Así, la defensa ambiental se convierte en una batalla solitaria, desigual y peligrosa.

En el lugar de ningún lugar, esta es la cruda realidad que enfrentamos: no porque la naturaleza no importe, sino porque las instituciones eligieron no importar.

Este es el automóvil de Philippe Vangoidsenhoven, defensor ambiental del Caribe Sur de Costa Rica, que sufrió un ataque como represalia por sus labores de monitoreo y denuncia de daños al ambiente.

Philippe ha documentado durante años afectaciones a humedales, manglares y zonas costeras, señalando a empresas y proyectos que incumplen la legislación ambiental. Hoy, su trabajo lo pone en la mira de quienes quieren silenciarlo.

La defensa del territorio no debería ser una batalla solitaria ni peligrosa. Las personas defensoras ambientales merecen protección, no amenazas ni violencia.

Esta nota nace a partir de los recientes eventos de los que —por razones evidentes— no se puede hablar abiertamente. Desde el Observatorio de Bienes Comunes hemos venido señalando una tendencia preocupante: la creciente desestimación de la coyuntura ambiental a través de mecanismos de amedrentamiento, judicialización y silenciamiento, en beneficio de intereses económicos desmedidos y desconectados de las realidades y necesidades de los territorios comunitarios.

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Escucha la voz desde Talamanca sobre los negocios verdes y los derechos indígenas – Emmanuel Buitrago

En esta entrevista exclusiva, Emmanuel Buitrago —educador, activista social y promotor de derechos indígenas— comparte desde la comunidad de Bribri una reflexión profunda sobre los programas REDD+ y otros mecanismos que negocian bosques y territorios indígenas en nombre de la conservación.

A lo largo de la conversación, Emmanuel alerta sobre la distancia entre el lenguaje técnico de estos programas y la realidad de las comunidades, y propone caminos para que las políticas ambientales partan de las propias agendas indígenas.

🔑 Cinco ideas clave de la entrevista:

  1. Lenguaje y contexto cultural: Los programas se comunican con siglas y tecnicismos que excluyen a las comunidades; es vital traducir y contextualizar en idiomas y marcos culturales propios.
  2. Negocios verdes vs. derechos: REDD+ y otros mecanismos muchas veces limitan usos tradicionales de los bosques, mientras permiten que grandes corporaciones sigan contaminando.
  3. Imposición estatal: El Estado mantiene un modelo vertical que impone políticas sin construirlas desde las realidades indígenas.
  4. Recursos no negociables: Tierra, espiritualidad, ecosistemas y soberanía alimentaria deben ser ejes centrales definidos por las comunidades, no por foros internacionales.
  5. Responsabilidad estatal: Salud, educación, trabajo y tierra son derechos que el Estado debe garantizar sin condicionar a la aprobación de proyectos ambientales.

🎧 Escucha la entrevista completa y conoce la perspectiva desde Talamanca sobre cómo se negocia el futuro de los territorios indígenas y qué cambios son urgentes para garantizar justicia ambiental y respeto cultural.

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Hablemos de supuestos… ¿Y si un río usado para recrearse se convirtiera en una zona de extracción?

Imaginemos que, en alguna comunidad del norte de Costa Rica, un río que por años hubiera sido parte fundamental de la vida cotidiana —un lugar para refrescarse, compartir en familia o conectar con la naturaleza— pudiera transformarse radicalmente por la aprobación de una concesión para la extracción mecanizada de materiales de su cauce.

En un escenario así, una resolución emitida por la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA) podría autorizar la intervención de dos kilómetros de un río como parte de un proyecto extractivo. Según la documentación del expediente, se podría concluir que no habría afectación al uso recreativo, argumentando que el acceso al área concesionada sería privado y no utilizado por la comunidad.

Pero…
¿Y si ese tramo de extracción hubiera sido frecuentado por personas vecinas?
¿Y si ese acceso correspondiera a un camino comunal usado constantemente como parte de la vida local?

Una posible contradicción

En este escenario hipotético, incluso un estudio social aprobado podría indicar que un alto porcentaje de las personas encuestadas usan el río con fines recreativos (por ejemplo, un 89%), pero aun así concluir que no habría afectación debido a que “el acceso al área de extracción se da únicamente por una finca privada”.

Esto plantearía la pregunta:
¿Sería posible que una resolución pasara por alto un uso comunitario de un bien público simplemente porque el ingreso se da por propiedad privada o camino comunal?

Aunque legalmente los cauces de ríos son bienes de dominio público, los usos tradicionales y cotidianos de las comunidades no siempre figuran de manera explícita en los estudios ambientales.

¿Qué diría una resolución en este caso?

En un escenario como este, un documento podría establecer que:

  • La extracción se haría en dos brazos de un río, mediante operación a cielo abierto.

  • El terreno formaría parte de una finca que alberga otro proyecto minero.

  • No habría centros educativos ni espacios comunales a menos de 3 km.

  • No existirían afectaciones directas a infraestructura pública.

Pero… si llegara a existir una escuela, centro comunal o punto de acceso frecuente a menos de 1,5 km, la normativa podría exigir revisar el estudio ambiental y redefinir el Área de Influencia Directa (AID).

¿Y si la comunidad más cercana no fuera consultada?

En este caso hipotético, podría pasar que el estudio social se aplicara a unas pocas viviendas de un sector distinto (por ejemplo, 19 viviendas en un área como Buenos Aires), con un margen de error mayor al permitido (10% en vez del 5%).

Y cabría preguntarse:
¿Se habría incluido a personas del sector donde realmente se ubica la extracción —por ejemplo, un sitio llamado Maquengal—?
Si no fuera así, podría quedar fuera del análisis la perspectiva de quienes reciben el impacto directo: ruido, polvo, tránsito de maquinaria, alteración del cauce y hasta el riesgo de que el recurso hídrico se vea afectado o el río llegue a secarse. En ese escenario, ¿qué responsabilidad asumirían quienes cuidan el acueducto? ¿Y qué municipalidad se atreve a permitir algo así, sin proteger el interés de su gente y sus aguas?

Una escuela cercana al sitio de extracción

En otro supuesto, la comunidad podría señalar que existe una escuela pública a menos de un kilómetro del área de extracción, con paso frecuente de vagonetas que transportan materiales frente al centro educativo.

De ser cierto, esto podría implicar una omisión importante en la evaluación de impacto ambiental, tanto por ruido y polvo como por riesgos viales. La normativa indicaría que la cercanía de infraestructura educativa obligaría a ampliar el AID y posiblemente revisar la viabilidad ambiental.

Llamado preventivo

Ante un escenario así, las instituciones competentes podrían:

  • Revisar si la información presentada refleja adecuadamente el uso comunitario del río.

  • Evaluar si el tramo concesionado ha sido parte de un uso recreativo tradicional.

  • Garantizar la consulta representativa de las comunidades más cercanas al impacto.

  • Proteger las zonas ribereñas y ecosistemas frágiles conforme a normativa.

No es solo agua: es comunidad

En este supuesto, el río no sería solo un recurso hídrico, sino parte de la identidad local y de la vida comunitaria. Limitar su acceso o transformarlo radicalmente podría no solo modificar un ecosistema, sino también alterar la convivencia, la recreación y el bienestar social.

Por eso, cualquier proyecto extractivo debería considerar no solo los aspectos técnicos y legales, sino también las implicaciones sociales y culturales que no siempre aparecen en mapas o expedientes, pero que viven en la memoria colectiva.

¿Qué pasaría con estas personas?

En este mismo supuesto, para las personas de una comunidad del norte de Costa Rica, el impacto de la minería no metálica sobre los mantos acuíferos no sería una abstracción técnica, sino una preocupación real y cotidiana. Alterar el cauce y extraer material en gran escala podría reducir la capacidad natural del suelo para almacenar y filtrar el agua, afectando pozos, nacientes y el equilibrio hídrico que sostiene tanto la biodiversidad como el abastecimiento local. La memoria de las lluvias, las crecidas y los flujos que alimentan el río no estaría en gráficos, sino en la experiencia de quienes han vivido junto a él por generaciones.

También, en este supuesto, el paisaje dejaría de ser un espacio de recreación y encuentro comunitario para transformarse en un terreno degradado y estéril. En 2014, el lugar aún podría ser reconocido como un atractivo turístico; hoy, esa imagen quedaría lejos. El canto de las aves, las zonas de sombra y el agua clara que antes invitaban a quedarse, serían reemplazados por el ruido de la maquinaria y la huella de la extracción.

No faltaría, en este supuesto, el conflicto social: antiguos compañeros en la defensa del río podrían retirarse por conveniencia personal, dejando a quienes siguen resistiendo en una situación de aislamiento. Peor aún, la autoridad, en vez de mediar, podría castigar a quienes cuestionen los proyectos, condicionando ayudas o incluso evitando presentarse en la comunidad para no enfrentar reclamos. La pregunta se impone: ¿quiénes serían realmente los que están siendo maltratados?

Y en este escenario, quienes permanecieran en la defensa del río sentirían un peso emocional enorme. “Nos sentimos tan tristes, tan tristes, que nos sentimos impotentes ya. No, no solo yo lo digo con ganas de llorar. Y no solo lo dicen las mujeres; algunos hombres también después tienen ganas de llorar, de ver cómo es posible que pueda más una persona ajena al lugar que nosotros, los mismos lugareños o habitantes. No podamos ser dignos ni ir a recoger un puño de arena, porque al otro día nos cae la policía».

Pero esto no podría pasar en Costa Rica….¿o sí?

¿Y si para muchos funcionarios la consulta no fuera necesaria?

En este supuesto escenario, podría darse la situación en la que algunos funcionarios encargados de aprobar y supervisar proyectos consideraran que la consulta comunitaria ampliada no es un requisito indispensable. Podrían entender que, al estar formalmente cumplidos ciertos trámites y permisos, no sería necesario tomar en cuenta usos tradicionales o reclamos de la comunidad, por lo que las personas afectadas “simplemente deberían aguantar la situación”.

Este enfoque podría basarse en la interpretación estricta de la normativa o en la priorización del desarrollo económico sobre otros aspectos sociales. Así, la voz comunitaria quedaría relegada a un segundo plano, y las posibles afectaciones sociales y culturales serían consideradas inevitables o secundarias.

Pero, ¿qué tipo de Estado e instituciones estaríamos presumiendo en un escenario donde la participación ciudadana, la justicia ambiental y la transparencia fueran minimizadas?

¿Un Estado que protege realmente el interés público y los derechos colectivos, o uno que prioriza intereses particulares a costa de la convivencia y el bienestar comunitario?

…¿y si esto fuera real?

Este conjunto de supuestos nos invita a cuestionar no solo el alcance y la calidad de los procesos de consulta y evaluación ambiental, sino también la naturaleza y el compromiso real de nuestras instituciones.

Cuando un proyecto se impulsa sin considerar plenamente el sentir y las necesidades de quienes habitan el territorio, corremos el riesgo de erosionar la confianza, fracturar tejidos sociales y relegar derechos fundamentales a meras formalidades.

¿Estamos construyendo un Estado que realmente escucha, protege y respeta a sus comunidades?
¿O simplemente estamos presenciando un proceso donde los permisos y resoluciones se convierten en endosos que desdibujan el valor de lo común?

1 18 jun 2015 f

Personas vecinas de San Rafael de Heredia exigen la cancelación de la patente del Tajo Jucarza

El colectivo Conceverde, junto a vecinos y vecinas de Calle La Joaquina, en el distrito de Getsemaní, han elevado al Concejo Municipal de San Rafael de Heredia una solicitud formal y documentada para que se anule de manera definitiva la patente comercial e industrial que autoriza la explotación del Tajo Jucarza.

La comunidad denuncia que esta actividad extractiva, recientemente reactivada después de años de resistencia y acuerdos municipales previos que la habían frenado, contraviene de forma directa la normativa ambiental, las disposiciones de planificación urbana y la protección de las zonas de recarga hídrica establecidas por ley.

Para Conceverde y las familias del lugar, el regreso de la explotación del tajo no solo revive antiguas tensiones comunitarias y preocupaciones ambientales, sino que además representa un peligro inmediato y tangible para la salud pública, el bienestar cotidiano y la seguridad hídrica de toda la región.

El polvo en suspensión, el ruido constante de la maquinaria pesada, las vibraciones, y sobre todo el riesgo de contaminación del acuífero que abastece a amplias zonas del Valle Central, son factores que, según los denunciantes, hacen insostenible e ilegal la continuidad de esta cantera.

Nota enviada por Conveverde 08 de agosto del 2025 JFAC/CNV/010825

¿Qué es un tajo y por qué preocupa su impacto?

Un tajo es una cantera a cielo abierto utilizada para extraer piedra, grava, arena u otros materiales destinados principalmente a la construcción.
Su funcionamiento implica excavar grandes superficies de terreno, remover la cobertura vegetal, manipular explosivos y operar maquinaria pesada como excavadoras, cargadores, perforadoras y camiones de gran tonelaje.

Impactos típicos de un tajo:

  • Destrucción del paisaje y pérdida de cobertura vegetal, lo que provoca la desaparición de hábitats y la disminución de la biodiversidad.

  • Contaminación del aire por la emisión constante de polvo y partículas finas que afectan las vías respiratorias y generan molestias para las comunidades cercanas.

  • Ruido y vibraciones derivados de la maquinaria y posibles voladuras, afectando el descanso y la salud mental de los vecinos.

  • Alteración de suelos y aguas: la remoción de la capa protectora del suelo y el uso de combustibles y aceites incrementa el riesgo de contaminación de acuíferos y fuentes superficiales.

  • Modificación de la recarga hídrica: las excavaciones cambian la forma en que el agua de lluvia se infiltra en el suelo, reduciendo la capacidad de recarga de los acuíferos y aumentando la vulnerabilidad a sequías.

En áreas de alta recarga hídrica y vulnerabilidad hidrogeológica, como la que ocupa el Tajo Jucarza, estos impactos se potencian, comprometiendo la calidad y disponibilidad del agua para generaciones presentes y futuras.

Una actividad incompatible con la zona

  • El Tajo Jucarza se ubica dentro de la Zona Especial de Protección del Gran Área Metropolitana (Decreto Ejecutivo N.º 25902-MIVAH-MP-MINAE), de uso predominantemente agrícola, donde solo se permiten actividades industriales inofensivas o incómodas y siempre que no colinden con zonas residenciales.

  • La explotación de canteras está clasificada por el Ministerio de Salud como actividad de alto riesgo (Riesgo A), prohibida en este tipo de zonas, más aún al estar rodeada de viviendas.

  • Estudios técnicos del SENARA confirman que el área presenta alta recarga acuífera (más de 700 mm/año) y rocas de gran conductividad hidráulica, lo que aumenta el riesgo de contaminación directa del acuífero si se compromete la capa protectora del suelo.

Impactos sobre la comunidad y el ambiente

  • Salud y bienestar: polvo, ruido y vibraciones constantes afectan la vida diaria de los vecinos y su tranquilidad.

  • Riesgo de contaminación del agua: manipulación de combustibles, lubricantes y otros insumos que pueden filtrarse hacia el acuífero.

  • Daño a ecosistemas locales: pérdida de cobertura vegetal, desplazamiento de fauna y erosión acelerada.

  • Conflicto legal y administrativo: existen resoluciones municipales (2008 y 2009) que negaron el uso de suelo y declararon la actividad como no conforme, pero la explotación ha sido reactivada sin que, hasta donde se sabe, se haya otorgado un certificado de uso de suelo conforme, requisito indispensable por ley.

La solicitud de la comunidad

El colectivo Conceverde y los vecinos demandan al Concejo Municipal:

  1. Informar si se ha otorgado certificado de uso de suelo conforme para el Tajo Jucarza y, en caso afirmativo, anularlo por nulidad absoluta.
  2. Si no existe dicho certificado, iniciar el procedimiento administrativo para anular la patente comercial o industrial otorgada a la empresa operadora.
  3. Incluir a la comunidad como parte del proceso administrativo y notificar cada resolución.
  4. Cumplir y hacer cumplir las normativas de planificación urbana y protección ambiental que resguardan las zonas de recarga hídrica.

“La explotación del Tajo Jucarza no solo vulnera leyes y decretos, sino que amenaza el agua y la calidad de vida de quienes habitamos aquí. No hay justificación legal ni ambiental para su permanencia”, afirmaron representantes de Conceverde.

Esta solicitud ha sido remitida también a la Defensoría de los Habitantes, al SENARA, a la Comisión de Diputados de Heredia y a medios de prensa, con el objetivo de visibilizar y detener lo que consideran un riesgo inaceptable para la comunidad y el ambiente.