Una nueva señal de alerta se enciende en el ya tenso paisaje de la participación ambiental en Costa Rica. Esta vez, imaginemos que el Innombrable —sí, ese mismo megaproyecto turístico que ocupa varias fincas públicas en cierto lugar cuyo nombre ya no podemos decir— activara los engranajes del poder judicial contra una persona que alzara la voz.
Según versiones compartidas por distintas fuentes, un caso hipotético, identificado como #6548793, ilustraría los riesgos que podrían enfrentar quienes denuncian posibles afectaciones ambientales en zonas de alto valor ecológico. La persona involucrada —una creadora de contenido conocida por documentar procesos ambientales— publicaría un video donde cuestiona, con argumentos y datos públicos, los impactos que podría generar el proyecto. Su publicación haría referencia a permisos otorgados por instancias estatales en zonas de bosque protegido, parte del Patrimonio Natural del Estado.
La respuesta del Proyecto Innombrable no sería un comunicado ni un espacio de diálogo. Sería una demanda civil. Y, sin juicio en curso ni notificación previa, la persona identificada en el expediente #6548793 podría amanecer con sus cuentas bancarias congeladas y sus recursos embargados. Todo bajo la figura del “embargo preventivo”, como si se tratara de un riesgo penal urgente. Pero lo único urgente aquí, al parecer, sería acallar la crítica.
¿De qué estamos hablando?

Este tipo de situaciones encajan con lo que a nivel internacional se conoce como una SLAPP (Strategic Lawsuit Against Public Participation), una demanda estratégica para silenciar la participación pública. Su objetivo no es probar la falsedad de lo dicho, sino castigar el hecho de haberlo dicho. Es una forma de censura legalizada, que desgasta emocional, económica y socialmente a quienes defienden lo común.
Lo que se intenta silenciar no es una mentira ni un ataque personal. Es una denuncia legítima sobre el uso del territorio, los bienes públicos y el ambiente. Pero en lugar de responder con argumentos, el Innombrable responde con litigios.
El problema no es solo jurídico: es democrático. Las SLAPP buscan desincentivar la crítica y enfriar el debate público. Quien observa este caso desde fuera podría pensar dos veces antes de expresar su preocupación por el mar, el bosque o la montaña. Así, el silencio se vuelve rentable para quienes manejan muchos ceros, mientras que el derecho a opinar queda en pausa para quienes defienden desde el margen.
En Costa Rica, aún no existe legislación que identifique ni frene estas prácticas. Pero los síntomas están a la vista: demandas contra activistas, comunicadores, personas jóvenes o defensoras ambientales que se atreven a nombrar lo que otros preferirían ocultar.
Defender lo común —aunque sea con palabras— no debería llevar al embargo de la vida cotidiana. Y sin importar cuán poderoso sea el que demanda, ninguna empresa debería tener el poder de convertir una crítica pública en una condena económica.
Las voces que alertan, preguntan o denuncian no son el problema. Son parte de la solución.
¿Te imaginás si esta historia ficticia fuera real?
Nosotrxs sí.
¿Qué es un embargo preventivo?
Es una medida cautelar que ordena la inmovilización o retención de bienes del deudor antes de que exista una sentencia definitiva, con el fin de garantizar el cumplimiento de una obligación o el resultado de un proceso judicial. Es una acción preventiva para evitar que el deudor pueda disponer de sus bienes y así asegurar que haya recursos disponibles para satisfacer una posible deuda o condena.
¿Qué implica un embargo preventivo para una persona defensora ambiental?
Puede implicar varias cosas graves: limita su capacidad de usar o disponer de sus bienes, puede afectar su estabilidad económica y personal, y en muchos casos funciona como una forma de presión o intimidación para obstaculizar su labor de defensa ambiental. En contextos de conflictos socioambientales, este tipo de medidas pueden ser usadas para desincentivar la defensa de derechos y proteger intereses económicos o políticos contrarios a la protección ambiental.
«El sector privado debe estar tranquilo de que el Acuerdo de Escazú no está en la agenda del Gobierno. El Acuerdo de Escazú no lo veo, no creo que sea beneficioso para el país» Rodrigo Chaves Robles – Presidente de Costa Rica*
¿Por qué el Acuerdo de Escazú tenía preocupados a ciertos sectores desarrolladores?
El Acuerdo de Escazú, que es el primer tratado ambiental vinculante en América Latina y el Caribe, protege especialmente a las personas defensoras ambientales. En su artículo 9, establece que los países deben garantizar condiciones seguras para que puedan ejercer su labor sin sufrir hostigamientos, intimidaciones, amenazas o cualquier forma de violencia, incluyendo medidas legales abusivas como embargos o procesos judiciales injustificados. Además, promueve el acceso a la justicia para proteger sus derechos y asegura que cualquier restricción a sus bienes o actividades sea justificada, proporcional y respetuosa de sus derechos humanos.

Esta nota presenta una historia ficticia planteada con fines reflexivos y educativos sobre el uso de mecanismos legales para limitar la participación pública. Cualquier parecido con hechos o personas reales es pura coincidencia. El contenido busca promover el análisis crítico y la discusión en torno a la defensa del medio ambiente y la libertad de expresión, sin intención de acusar o difamar a ninguna persona, empresa o institución.
*Pomareda García, Fabiola (2023, 1 de febrero). Costa Rica a punto de enterrar tratado internacional que protegería a quienes defienden el ambiente. Semanario Universidad. https://semanariouniversidad.com/pais/costa-rica-a-punto-de-enterrar-tratado-internacional-que-protegeria-a-quienes-defienden-el-ambiente/